I. Disposiciones generales. COMUNITAT VALENCIANA. Medidas fiscales, administrativas y financieras. Organización. (BOE-A-2024-2666)
Ley 7/2023, de 26 de diciembre, de medidas fiscales, de gestión administrativa y financiera, y de organización de la Generalitat.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 38

Martes 13 de febrero de 2024

Sec. I. Pág. 16635

CAPÍTULO VI
Modificaciones legislativas en materias competencia de la Conselleria de
Educación, Universidades y Empleo
Sección 1.ª

Universitat Internacional Valenciana

Artículo 97.
Se modifica el título de la Ley 7/2008, de 13 de junio, de la Generalitat, de
reconocimiento de la Universidad Internacional Valenciana, del siguiente modo:
«Ley 7/2008, de 13 de junio, de la Generalitat, de reconocimiento de la
Universitat Internacional Valenciana.»
Artículo 98.
Se modifican los apartados 2 y 4 del artículo 1, el apartado 2 del artículo 2 y el
artículo 6 de la Ley 7/2008, de 13 de junio, de la Generalitat, de reconocimiento de la
Universitat Internacional Valenciana, del siguiente modo:
«Artículo 1. Reconocimiento de la Universitat Internacional Valenciana.
[…]
2. La Universitat Internacional Valenciana - Valencian International University,
SL, es la titular de la Universitat Internacional Valenciana que, por esta ley,
adquiere personalidad jurídica propia.
[…]
4. Sin perjuicio de su denominación oficial, la Universitat Internacional
Valenciana podrá utilizar también las denominaciones Valencian International
University (y su acrónimo VIU) y Universidad Internacional de Valencia.
Artículo 2. Enseñanzas y organización.
[…]
2. La Universitat Internacional Valenciana, para el desarrollo de sus fines, se
dota de la estructura docente, de investigación y de gestión necesaria y adecuada
a la enseñanza predominantemente no presencial, de acuerdo con lo que
establezcan sus normas de organización y funcionamiento. Esta estructura tendrá
una sede central en la ciudad de Valencia y se podrán crear, reconocer o adscribir
otros centros o estructuras propios que aseguren la atención del estudiantado de
estas enseñanzas, así como de otras actividades que pueda desarrollar en el
conjunto del territorio de la Comunitat Valenciana o fuera de este.
[…]
Artículo 6.

Financiación de la Universitat Internacional Valenciana.

a) El importe de las matrículas y los rendimientos de las actividades de la
Universidad.
b) Las aportaciones de personas físicas o jurídicas.
c) Las rentas, los frutos, los intereses y los productos de su patrimonio.
d) Las subvenciones, las donaciones, las herencias, los legados y los
premios provenientes de personas físicas o jurídicas, tanto públicas como
privadas.
e) Las contraprestaciones derivadas de los convenios.
f) Cualquier otro recurso autorizado por la ley.»

cve: BOE-A-2024-2666
Verificable en https://www.boe.es

La Universitat Internacional Valenciana se financia con: