I. Disposiciones generales. COMUNITAT VALENCIANA. Medidas fiscales, administrativas y financieras. Organización. (BOE-A-2024-2666)
Ley 7/2023, de 26 de diciembre, de medidas fiscales, de gestión administrativa y financiera, y de organización de la Generalitat.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 38

Martes 13 de febrero de 2024

Sec. I. Pág. 16628

de los instrumentos financieros de los programas operativos FEDER y FSE de la
Comunitat Valenciana, que queda redactado como sigue:
«Artículo 3.

Régimen presupuestario, contable y de control.

[…]
3. Los recursos financieros líquidos aportados al fondo se depositarán en una
o varias cuentas fiduciarias abiertas a tal efecto en entidades financieras por el
gestor del fondo en su nombre y en nombre de la Generalitat, de acuerdo con lo
previsto en el artículo 38.6 del Reglamento (UE) número 1303/2013, y a donde se
transferirá el importe equivalente a las contribuciones previstas los programas
operativos correspondientes al FEDER y a la contribución nacional pública que se
recogerán en las leyes anuales de presupuesto generales de la Generalitat a lo
largo de todo el periodo de programación.
[...].»
Artículo 85.
Se modifica el artículo 4 del Decreto ley 6/2017, de 1 de diciembre, del Consell, para
la constitución de dos fondos sin personalidad jurídica para la gestión de los
instrumentos financieros de los programas operativos FEDER y FSE de la Comunitat
Valenciana, que queda redactado como sigue:
«Artículo 4. Acuerdo de financiación.
Las normas de ejecución específicas del fondo, sus mecanismos de gestión y
de control, el régimen jurídico aplicable, la estrategia de inversión de los
instrumentos financieros y las relaciones entre la Generalitat y el Institut Valencià
de Finances se recogerán y desarrollarán en un acuerdo de financiación que
deberán firmar la Dirección General competente en materia de fondos europeos o
quien ostente la representación de la Generalitat como organismo intermedio del
Programa operativo FEDER de la Comunitat Valenciana, y el Institut Valencià de
Finances, como gestor del fondo de los instrumentos financieros del programa, en
los términos previstos en el anexo IV del Reglamento (UE) número 1303/2013 y
demás normas comunitarias de aplicación.»
Artículo 86.
Se modifica el título y el apartado 1 del artículo 5 del Decreto ley 6/2017, de 1 de
diciembre, del Consell, para la constitución de dos fondos sin personalidad jurídica para
la gestión de los instrumentos financieros de los programas operativos FEDER y FSE de
la Comunitat Valenciana, que queda redactado como sigue:

1. Se crea un fondo para la gestión de los instrumentos financieros de los
programas operativos del Fondo Social Europeo (FSE) para la Comunitat
Valenciana (en adelante también, el «Fondo»), destinados a facilitar el acceso al
crédito de las personas desempleadas o subempleadas que quieren trabajar por
cuenta propia.
[…]»
Artículo 87.
Se modifican los apartados 1 y 2 del artículo 6 del Decreto ley 6/2017, de 1 de
diciembre, del Consell, para la constitución de dos fondos sin personalidad jurídica para

cve: BOE-A-2024-2666
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«Artículo 5. Creación de un fondo para la gestión de los instrumentos financieros
de los programas operativos FSE para la Comunitat Valenciana.