I. Disposiciones generales. COMUNITAT VALENCIANA. Medidas fiscales, administrativas y financieras. Organización. (BOE-A-2024-2666)
Ley 7/2023, de 26 de diciembre, de medidas fiscales, de gestión administrativa y financiera, y de organización de la Generalitat.
117 páginas totales
Página
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 38
Martes 13 de febrero de 2024
Sec. I. Pág. 16598
El pago para la notificación individual se tendrá que efectuar de acuerdo con los
plazos establecidos en la Ley 58/2003, de 17 de diciembre, general tributaria.»
Artículo 24.
Se modifica el apartado 2 del artículo 135 de la Ley 6/2022, de 5 de diciembre, de la
Generalitat, del cambio climático y la transición ecológica de la Comunitat Valenciana,
que quedará redactado así:
«2. En caso de que no se pueda determinar la base imponible de acuerdo
con lo establecido por el apartado 1 porque el aparcamiento no dispone de un
instrumento de conteo de vehículos, la base imponible se calcula aplicando la
siguiente fórmula:
BI = Ratio VD × S × días de apertura × CTU.
Donde: – Ratio VD es la ratio de vehículos/día y m² de superficie comercial
según la categoría del establecimiento que se indica en la tabla siguiente:
Categoría del establecimiento
Ratio Vehículo/día/m² de
superficie comercial
Gran almacén.
0,1252
Hipermercado.
0,1663
Supermercado.
0,174
Artículos y material deportivo.
0,2465
Artículos infantiles.
0,1212
Automoción.
0,0091
Bricolaje.
0,3408
Ocio y cultura.
0,297
Muebles y equipación de hogar.
0,0711
Equipación de la persona.
0,1907
Jardinería y complementos de jardín.
0,015
Otros.
0,3409
Establecimiento colectivo.
0,0767
– S es la superficie comercial computable. a) En el caso de los grandes
establecimientos comerciales territoriales colectivos, la superficie total. b) En el
resto de los casos, la superficie comercial.
– Los días de apertura son los de apertura del establecimiento durante el
periodo impositivo.
– CTU= coeficiente aplicable según que el establecimiento esté situado, de
acuerdo con la normativa urbanística, dentro o fuera de la trama urbana (TU) o del
núcleo histórico y de sus ensanches (NH) en caso de que no esté definida la TU
del municipio.
Situación del establecimiento
Coeficiente
Dentro del TU o NH.
1,00
Fuera del TU o NH.
1,20»
cve: BOE-A-2024-2666
Verificable en https://www.boe.es
Establecimientos especializados:
Núm. 38
Martes 13 de febrero de 2024
Sec. I. Pág. 16598
El pago para la notificación individual se tendrá que efectuar de acuerdo con los
plazos establecidos en la Ley 58/2003, de 17 de diciembre, general tributaria.»
Artículo 24.
Se modifica el apartado 2 del artículo 135 de la Ley 6/2022, de 5 de diciembre, de la
Generalitat, del cambio climático y la transición ecológica de la Comunitat Valenciana,
que quedará redactado así:
«2. En caso de que no se pueda determinar la base imponible de acuerdo
con lo establecido por el apartado 1 porque el aparcamiento no dispone de un
instrumento de conteo de vehículos, la base imponible se calcula aplicando la
siguiente fórmula:
BI = Ratio VD × S × días de apertura × CTU.
Donde: – Ratio VD es la ratio de vehículos/día y m² de superficie comercial
según la categoría del establecimiento que se indica en la tabla siguiente:
Categoría del establecimiento
Ratio Vehículo/día/m² de
superficie comercial
Gran almacén.
0,1252
Hipermercado.
0,1663
Supermercado.
0,174
Artículos y material deportivo.
0,2465
Artículos infantiles.
0,1212
Automoción.
0,0091
Bricolaje.
0,3408
Ocio y cultura.
0,297
Muebles y equipación de hogar.
0,0711
Equipación de la persona.
0,1907
Jardinería y complementos de jardín.
0,015
Otros.
0,3409
Establecimiento colectivo.
0,0767
– S es la superficie comercial computable. a) En el caso de los grandes
establecimientos comerciales territoriales colectivos, la superficie total. b) En el
resto de los casos, la superficie comercial.
– Los días de apertura son los de apertura del establecimiento durante el
periodo impositivo.
– CTU= coeficiente aplicable según que el establecimiento esté situado, de
acuerdo con la normativa urbanística, dentro o fuera de la trama urbana (TU) o del
núcleo histórico y de sus ensanches (NH) en caso de que no esté definida la TU
del municipio.
Situación del establecimiento
Coeficiente
Dentro del TU o NH.
1,00
Fuera del TU o NH.
1,20»
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