I. Disposiciones generales. COMUNITAT VALENCIANA. Medidas fiscales, administrativas y financieras. Organización. (BOE-A-2024-2666)
Ley 7/2023, de 26 de diciembre, de medidas fiscales, de gestión administrativa y financiera, y de organización de la Generalitat.
117 páginas totales
Página
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 38
Martes 13 de febrero de 2024
Base liquidable hasta
–
Euros
Cuota integra
–
Euros
Sec. I. Pág. 16590
Resto base liquidable
–
Euros
Tipo aplicable
–
Porcentaje
62.649,50
6.655,13
7.831,19
14,45
70.480,69
7.786,74
7.831,19
15,30
78.311,88
8.984,91
39.095,84
16,15
117.407,71
15.298,89
39.095,84
18,70
156.503,55
22.609,81
78.191,67
21,25
234.695,23
39.225,54
156.263,15
25,50
390.958,37
79.072,64
390.958,37
29,75
781.916,75
195.382,76
En adelante
34,00»
Artículo 18.
Se modifica el artículo 12 de la Ley 13/1997, de 23 de diciembre, por la cual se
regula el tramo autonómico del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas y
restantes tributos cedidos, que quedará redactado como sigue:
«Artículo 12. Cuota tributaria.
La cuota tributaria se obtendrá aplicando a la cuota íntegra el coeficiente
multiplicador que corresponda de entre los que se indican a continuación,
establecidos en función del patrimonio preexistente del contribuyente y del grupo,
según el grado de parentesco, señalado en el artículo 20, de la Ley 29/1987, de 18
de diciembre, del Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones:
Patrimonio preexistente
–
Euros
Grupos del artículo 20
I y II
III
IV
De 0 a 390.657,87.
1,0000
1,5882
2,0000
De 390.657,87 a 1.965.309,58.
1,0500
1,6676
2,1000
De 1.965.309,58 a 3.936.629,28.
1,1000
1,7471
2,2000
De más de 3.936.629,28.
1,2000
1,9059
2,4000»
Artículo 19.
Se modifica los apartados dos, tres, cuatro, cinco y ocho del artículo 13 de la
Ley 13/1997, de 23 de diciembre, por la cual se regula el tramo autonómico del Impuesto
sobre la Renta de las Personas Físicas y restantes tributos cedidos, que queda
redactado como sigue:
Transmisiones patrimoniales onerosas.
De conformidad con lo dispuesto en el artículo 49.1.a) de la Ley 22/2009,
de 18 de diciembre, por la que se regula el sistema de financiación de las
Comunidades Autónomas de régimen común y ciudades con estatuto de
autonomía y se modifican determinadas normas tributarias, los tipos de gravamen
de la modalidad de transmisiones patrimoniales onerosas del Impuesto sobre
cve: BOE-A-2024-2666
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«Artículo 13.
Núm. 38
Martes 13 de febrero de 2024
Base liquidable hasta
–
Euros
Cuota integra
–
Euros
Sec. I. Pág. 16590
Resto base liquidable
–
Euros
Tipo aplicable
–
Porcentaje
62.649,50
6.655,13
7.831,19
14,45
70.480,69
7.786,74
7.831,19
15,30
78.311,88
8.984,91
39.095,84
16,15
117.407,71
15.298,89
39.095,84
18,70
156.503,55
22.609,81
78.191,67
21,25
234.695,23
39.225,54
156.263,15
25,50
390.958,37
79.072,64
390.958,37
29,75
781.916,75
195.382,76
En adelante
34,00»
Artículo 18.
Se modifica el artículo 12 de la Ley 13/1997, de 23 de diciembre, por la cual se
regula el tramo autonómico del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas y
restantes tributos cedidos, que quedará redactado como sigue:
«Artículo 12. Cuota tributaria.
La cuota tributaria se obtendrá aplicando a la cuota íntegra el coeficiente
multiplicador que corresponda de entre los que se indican a continuación,
establecidos en función del patrimonio preexistente del contribuyente y del grupo,
según el grado de parentesco, señalado en el artículo 20, de la Ley 29/1987, de 18
de diciembre, del Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones:
Patrimonio preexistente
–
Euros
Grupos del artículo 20
I y II
III
IV
De 0 a 390.657,87.
1,0000
1,5882
2,0000
De 390.657,87 a 1.965.309,58.
1,0500
1,6676
2,1000
De 1.965.309,58 a 3.936.629,28.
1,1000
1,7471
2,2000
De más de 3.936.629,28.
1,2000
1,9059
2,4000»
Artículo 19.
Se modifica los apartados dos, tres, cuatro, cinco y ocho del artículo 13 de la
Ley 13/1997, de 23 de diciembre, por la cual se regula el tramo autonómico del Impuesto
sobre la Renta de las Personas Físicas y restantes tributos cedidos, que queda
redactado como sigue:
Transmisiones patrimoniales onerosas.
De conformidad con lo dispuesto en el artículo 49.1.a) de la Ley 22/2009,
de 18 de diciembre, por la que se regula el sistema de financiación de las
Comunidades Autónomas de régimen común y ciudades con estatuto de
autonomía y se modifican determinadas normas tributarias, los tipos de gravamen
de la modalidad de transmisiones patrimoniales onerosas del Impuesto sobre
cve: BOE-A-2024-2666
Verificable en https://www.boe.es
«Artículo 13.