II. Autoridades y personal. - B. Oposiciones y concursos. MINISTERIO DE LA PRESIDENCIA, JUSTICIA Y RELACIONES CON LAS CORTES. Cuerpo de Aspirantes a Registradores de la Propiedad, Mercantiles y de Bienes Muebles. (BOE-A-2024-2540)
Resolución de 5 de febrero de 2024, de la Dirección General de Seguridad Jurídica y Fe Pública, por la que se convocan oposiciones al Cuerpo de Aspirantes a Registradores de la Propiedad, Mercantiles y de Bienes Muebles.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 37

Lunes 12 de febrero de 2024

Sec. II.B. Pág. 15892

2. En consecuencia, quienes aspiren a tomar parte de esta oposición deben reunir
en la fecha que termine el plazo de presentación de instancias, las condiciones
siguientes:
2.1 Ser español o española [Artículos 504 del Reglamento Hipotecario y 2.2.c) del
Real Decreto 581/2017, de 9 de junio, por el que se incorpora al ordenamiento jurídico
español la Directiva 2013/55/UE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 20 de
noviembre de 2013, por la que se modifica la Directiva 2005/36/CE relativa al
reconocimiento de cualificaciones profesionales y el Reglamento (UE) núm. 1024/2012,
relativo a la cooperación administrativa a través del Sistema de Información del Mercado
Interior (Reglamento IMI)].
2.2 Ser mayor de edad.
2.3 Poseer el título de Licenciado o Licenciada en Derecho, o Graduado o
Graduada en Derecho.
Las personas aspirantes que tengan titulaciones obtenidas en el extranjero deberán
acreditar que están en posesión de la correspondiente convalidación o de la credencial
que acredite, en su caso, la homologación. Este requisito no será de aplicación a
quienes hubieran obtenido el reconocimiento de su cualificación profesional, en el ámbito
de las profesiones reguladas, al amparo de las Disposiciones de Derecho Comunitario.
2.4 No encontrarse en ninguna de las causas de incapacidad del artículo 280 de la
Ley Hipotecaria y no haber sido separado del servicio de cualquiera de las
Administraciones Públicas por resolución firme dictada como consecuencia de
expediente disciplinario.
Tercera.

Programa.

El programa que regirá los dos primeros ejercicios de la oposición será el aprobado
por Resolución de 19 de julio de 2015, de la Dirección General de los Registros y del
Notariado (BOE de 3 de agosto), con las modificaciones introducidas mediante el anexo I
de la Resolución de 3 de febrero de 2022, de la Dirección General de Seguridad Jurídica
y Fe Pública, por la que se convocan oposiciones al Cuerpo de Aspirantes a
Registradores de la Propiedad, Mercantiles y de Bienes Muebles.
Solicitudes y documentación.

1. Quienes deseen participar en este proceso selectivo deberán cumplimentar
electrónicamente la solicitud de admisión a pruebas selectivas (modelo oficial 790) que
estará disponible a través del Punto de Acceso General en la siguiente URL: https://
administracion.gob.es/pag_Home/empleoPublico/ips.html, en castellano y en las demás
lenguas oficiales de las Comunidades Autónomas.
2. Las solicitudes deberán presentarse dentro del plazo de treinta días hábiles,
contados a partir del día siguiente al de la fecha de publicación de esta convocatoria en
el «Boletín Oficial del Estado», y se dirigirán a la Directora General de Seguridad Jurídica
y Fe Pública. La no presentación de la solicitud en tiempo y forma supondrá la exclusión
de la persona aspirante.
3. De acuerdo con el Real Decreto 203/2021, de 30 de marzo, por el que se
aprueba el Reglamento de actuación y funcionamiento del sector público por medios
electrónicos, la presentación de la instancia de solicitud deberá realizarse por vía
electrónica, a través del servicio de Inscripción en Procesos Selectivos del punto de
acceso
general,
la
siguiente
URL:
https://administracion.gob.es/pag_Home/
empleoPublico/ips.html, al que se puede acceder directamente o a través del portal web
del Ministerio de la Presidencia, Justicia y Relaciones con las Cortes
www.mjusticia.gob.es (Ciudadanía- Empleo público- Oposiciones y Procesos Selectivos
Acceso Libre). Tras la identificación, deberá elegir la convocatoria de acceso al Cuerpo
de Aspirantes a Registradoras y Registradores de la Propiedad, Mercantiles y de Bienes
Muebles, pulsar en «inscribirse» y a continuación elegir la opción «realice la inscripción

cve: BOE-A-2024-2540
Verificable en https://www.boe.es

Cuarta.