II. Autoridades y personal. - B. Oposiciones y concursos. MINISTERIO DE LA PRESIDENCIA, JUSTICIA Y RELACIONES CON LAS CORTES. Cuerpo de Aspirantes a Registradores de la Propiedad, Mercantiles y de Bienes Muebles. (BOE-A-2024-2540)
Resolución de 5 de febrero de 2024, de la Dirección General de Seguridad Jurídica y Fe Pública, por la que se convocan oposiciones al Cuerpo de Aspirantes a Registradores de la Propiedad, Mercantiles y de Bienes Muebles.
Página 1 Pág. 1
2 >> Página 2 >>
8 páginas totales
Página
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 37

Lunes 12 de febrero de 2024

Sec. II.B. Pág. 15891

II. AUTORIDADES Y PERSONAL
B. Oposiciones y concursos

MINISTERIO DE LA PRESIDENCIA, JUSTICIA
Y RELACIONES CON LAS CORTES
2540

Resolución de 5 de febrero de 2024, de la Dirección General de Seguridad
Jurídica y Fe Pública, por la que se convocan oposiciones al Cuerpo de
Aspirantes a Registradores de la Propiedad, Mercantiles y de Bienes
Muebles.

Esta Dirección General, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 7.1.h) del
Real Decreto 453/2020, de 10 de marzo, por el que se desarrolla la estructura orgánica
básica del Ministerio de Justicia, 277 de la Ley Hipotecaria y 504 de su Reglamento,
acuerda convocar oposiciones al Cuerpo de Aspirantes a Registradoras y Registradores
de la Propiedad, Mercantiles y de Bienes Muebles.
La presente convocatoria tiene en cuenta el principio de igualdad de trato entre
hombres y mujeres por lo que se refiere al acceso al empleo público, de acuerdo con el
artículo 14 de la Constitución española, la Ley Orgánica 3/2007, de 22 de marzo, para la
igualdad efectiva de mujeres y hombres y el Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de
octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del
Empleado Público, así como la normativa sobre protección de datos de carácter personal.
La convocatoria se desarrollará de acuerdo con las siguientes
Bases
Normas Generales.

1. Se convocan oposiciones al Cuerpo de Aspirantes a Registradoras y
Registradores de la Propiedad, Mercantiles y de Bienes Muebles, fijando en cincuenta el
número de plazas a cubrir.
2. De acuerdo con lo dispuesto en el Real Decreto 863/2006, de 14 de julio, por el que
se regula el acceso de las personas con discapacidad a las oposiciones al título de Notario y
al Cuerpo de Aspirantes a Registradores de la Propiedad, Mercantiles y de Bienes Muebles,
así como la provisión de plazas a su favor, se reservan cinco plazas, del total a cubrir, para
las personas con discapacidad, llegando al límite máximo del 10 por ciento.
3. Las plazas que se hubieran reservado en la convocatoria para personas con
discapacidad no podrán ser cubiertas por otras personas declaradas aptas conforme a las
reglas generales, de conformidad con el artículo 3.2 del Real Decreto 863/2006, de 14 de julio.
4. Para las personas aspirantes con discapacidad que lo soliciten, se establecerán
las adaptaciones de tiempo y medios necesarios para la realización de las pruebas, para
asegurar que participen en condiciones de igualdad. Las personas interesadas deberán
formular la correspondiente petición concreta en la solicitud de participación, en la que
reflejarán las necesidades específicas, adjuntando el Dictamen Técnico Facultativo, de
acuerdo con lo dispuesto en el artículo 6 del Real Decreto 863/2006, de 14 de julio.
Segunda.

Requisitos para participar en la oposición.

1. A estas oposiciones les serán de aplicación los artículos 277 y 280 de la Ley
Hipotecaria y 504 a 508 de su Reglamento, el Real Decreto 863/2006, de 14 de julio, y
supletoriamente, las normas establecidas con carácter general para el ingreso en la
función pública.

cve: BOE-A-2024-2540
Verificable en https://www.boe.es

Primera.