I. Disposiciones generales. MINISTERIO DE HACIENDA. Procedimientos de recaudación. (BOE-A-2024-2528)
Resolución de 5 de febrero de 2024, conjunta de la Dirección General de la Agencia Estatal de Administración Tributaria y de la Intervención General de la Administración del Estado, por la que se establecen las condiciones para el envío centralizado de las deudas no tributarias gestionadas por Departamentos Ministeriales que constituyen recursos del presupuesto del Estado para su gestión recaudatoria, para los intercambios de información que se deriven de dicha gestión y demás aspectos relativos a la recaudación en vía ejecutiva de dichas deudas por la Agencia Estatal de Administración Tributaria.
32 páginas totales
Página
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 37
Lunes 12 de febrero de 2024
Sec. I. Pág. 15816
Registro de detalle
Tipo 1
Los registros de detalle de liquidaciones que sigan al registro de cabecera tendrán el
siguiente contenido:
Código
campo
Posición
Tipo
Descripción del campo
Tipo
error
1
1-1
Núm.
Indicador de registro de detalle
de liquidaciones/deudas.
RE
Contenido obligatorio = 1
2
2-6
Núm.
Año y número de envío.
Formato: AANNN
RE
Obligatorio.
Debe ser igual al del registro de cabecera.
3
7 - 12
Número de orden de la
Núm. liquidación/deuda dentro del
envío.
RE
Obligatorio.
Debe ser igual al del registro anterior + 1 (el del primer registro ha de ser 1)
4
13 - 29
RE
Obligatorio.
Con configuración válida. Ver configuración clave de liquidación (**)
Clave de liquidación.
Formato:
T00000AAPPNNNNNND
5
30 - 38
Alf.
NIF o CIF del deudor.
RR
Obligatorio. Con los 9 caracteres rellenos, sin espacios en blanco y con
configuración válida.
Si el deudor está fallecido o la entidad está disuelta se rechaza la deuda si
la fecha de fallecimiento/disolución es antes del vencimiento del periodo
voluntario.
6
39 - 78
Alf.
Apellidos y Nombre o Razón
Social del deudor.
RR
Obligatorio.
7
79 - 80
Alf.
Siglas de la vía pública de
domicilio.
Opcional. Campo Informativo.
8
81 - 105
Alf.
Nombre de la vía pública del
domicilio.
Opcional. Campo Informativo.
9
106 - 110
Alf.
Número del portal del
domicilio.
Opcional. Campo Informativo.
10
111 - 113
Alf.
Letra del portal del domicilio.
Opcional. Campo Informativo.
11
114 - 115
Alf.
Escalera del domicilio.
Opcional. Campo Informativo.
12
116 - 117
Alf.
Piso del domicilio.
Opcional. Campo Informativo.
13
118 - 119
Alf.
Puerta del domicilio.
Opcional. Campo Informativo.
14
120 - 124
Núm.
Código de la Administración de
la A.E.A.T. del domicilio.
Opcional. Campo Informativo.
15
125 - 126
Núm.
Código de la provincia del
domicilio.
Opcional. Campo Informativo.
16
127 - 131
Núm.
Código del municipio del
domicilio.
Opcional. Campo Informativo.
17
132 - 136
Núm. Código postal del domicilio.
18
137 - 142
Núm.
19
143 - 143
Alf.
Código del concepto
presupuestario.
Indicador del tipo de
liquidación/deuda.
Opcional. Campo Informativo.
RR
Obligatorio.
Debe solicitarse al Departamento de Recaudación.
RR
Obligatorio en oficinas no presupuestarias. Admite como contenido:
T = Tributaria.
N = No tributaria.
W = No tributaria.
SUBVENCIONES.
cve: BOE-A-2024-2528
Verificable en https://www.boe.es
Alf.
Validaciones
Núm. 37
Lunes 12 de febrero de 2024
Sec. I. Pág. 15816
Registro de detalle
Tipo 1
Los registros de detalle de liquidaciones que sigan al registro de cabecera tendrán el
siguiente contenido:
Código
campo
Posición
Tipo
Descripción del campo
Tipo
error
1
1-1
Núm.
Indicador de registro de detalle
de liquidaciones/deudas.
RE
Contenido obligatorio = 1
2
2-6
Núm.
Año y número de envío.
Formato: AANNN
RE
Obligatorio.
Debe ser igual al del registro de cabecera.
3
7 - 12
Número de orden de la
Núm. liquidación/deuda dentro del
envío.
RE
Obligatorio.
Debe ser igual al del registro anterior + 1 (el del primer registro ha de ser 1)
4
13 - 29
RE
Obligatorio.
Con configuración válida. Ver configuración clave de liquidación (**)
Clave de liquidación.
Formato:
T00000AAPPNNNNNND
5
30 - 38
Alf.
NIF o CIF del deudor.
RR
Obligatorio. Con los 9 caracteres rellenos, sin espacios en blanco y con
configuración válida.
Si el deudor está fallecido o la entidad está disuelta se rechaza la deuda si
la fecha de fallecimiento/disolución es antes del vencimiento del periodo
voluntario.
6
39 - 78
Alf.
Apellidos y Nombre o Razón
Social del deudor.
RR
Obligatorio.
7
79 - 80
Alf.
Siglas de la vía pública de
domicilio.
Opcional. Campo Informativo.
8
81 - 105
Alf.
Nombre de la vía pública del
domicilio.
Opcional. Campo Informativo.
9
106 - 110
Alf.
Número del portal del
domicilio.
Opcional. Campo Informativo.
10
111 - 113
Alf.
Letra del portal del domicilio.
Opcional. Campo Informativo.
11
114 - 115
Alf.
Escalera del domicilio.
Opcional. Campo Informativo.
12
116 - 117
Alf.
Piso del domicilio.
Opcional. Campo Informativo.
13
118 - 119
Alf.
Puerta del domicilio.
Opcional. Campo Informativo.
14
120 - 124
Núm.
Código de la Administración de
la A.E.A.T. del domicilio.
Opcional. Campo Informativo.
15
125 - 126
Núm.
Código de la provincia del
domicilio.
Opcional. Campo Informativo.
16
127 - 131
Núm.
Código del municipio del
domicilio.
Opcional. Campo Informativo.
17
132 - 136
Núm. Código postal del domicilio.
18
137 - 142
Núm.
19
143 - 143
Alf.
Código del concepto
presupuestario.
Indicador del tipo de
liquidación/deuda.
Opcional. Campo Informativo.
RR
Obligatorio.
Debe solicitarse al Departamento de Recaudación.
RR
Obligatorio en oficinas no presupuestarias. Admite como contenido:
T = Tributaria.
N = No tributaria.
W = No tributaria.
SUBVENCIONES.
cve: BOE-A-2024-2528
Verificable en https://www.boe.es
Alf.
Validaciones