I. Disposiciones generales. MINISTERIO DE HACIENDA. Procedimientos de recaudación. (BOE-A-2024-2528)
Resolución de 5 de febrero de 2024, conjunta de la Dirección General de la Agencia Estatal de Administración Tributaria y de la Intervención General de la Administración del Estado, por la que se establecen las condiciones para el envío centralizado de las deudas no tributarias gestionadas por Departamentos Ministeriales que constituyen recursos del presupuesto del Estado para su gestión recaudatoria, para los intercambios de información que se deriven de dicha gestión y demás aspectos relativos a la recaudación en vía ejecutiva de dichas deudas por la Agencia Estatal de Administración Tributaria.
32 páginas totales
Página
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Lunes 12 de febrero de 2024
Código
campo
Posición
Tipo
20
144 - 151
Núm.
21
22
152 - 152
153 - 153
Alf.
Alf.
Descripción del campo
Fecha de liquidación.
Formato: AAAAMMDD
Forma en que debe
gestionarse el cobro de la
liquidación/deuda.
Indicador de que se trata de
una liquidación de sanción.
Tipo
error
Obligatorio.
Debe ser lógica y no mayor a la fecha de proceso del envío.
RR
Obligatorio. Admite como contenido:
A = Apremio.
E = Embargo.
En caso A y E se cumplimentará el campo Importe recargo de apremio.
E
E
154 - 154
Alf.
Validaciones
RR
RR
23
Sec. I. Pág. 15817
Indicador de que la deuda está
recurrida.
Admite como contenido:
S = Sanción.
X = Sanción de Tráfico.
Y = Deuda de Tráfico distinta de sanción.
Blanco = Resto.
Debe venir cumplimentado a Blanco o Y si la posición 154 es R.
La deuda se rechaza si la deuda es de sanción(S) y el deudor está fallecido.
Admite como contenido:
R = Recurrida y pendiente de resolver.
Blanco = No recurrida o desestimado recurso.
RR
Debe venir cumplimentado a Blanco si la posición 153 es S.
Debe venir cumplimentado a Blanco si la posición 2 del campo 2 tipo 0 es
M.
Ejercicio a que corresponde la
deuda.
RR
Obligatorio. Para el año 2000 se indicarán ceros.
Descripción del objeto
tributario/deuda.
RR
Obligatorio.
24
155 – 156
Núm.
25
157 - 196
Alf.
26
197 - 201
Núm.
Código del municipio del
objeto tributario/deuda.
E
Opcional.
Si se cumplimenta debe existir en la tabla de municipios.
27
202 - 206
Código postal del municipio del
Núm. objeto tributario/deuda
(provincia origen).
E
Opcional.
Si se cumplimenta debe ser válido para el municipio.
28
207 - 219
Núm. Importe principal.
RE
Obligatorio. Debe ser mayor de cero.
29
220 - 232
Núm. Importe recargo de apremio.
RE
Para entes C, S, Y: Recargo que proceda según la providencia de apremio
dictada por el ente.
Para resto de entes: Todo a ceros (0000000000000).
30
233 - 245
Núm. Importe total deuda.
RE
Obligatorio. Suma del importe principal más importe recargo de apremio.
31
246 - 258
Núm.
RE
Opcional. Si se cumplimenta llevará contenido el campo Fecha del ingreso
del importe ingresado fuera de plazo.
32
259 - 266
Fecha del ingreso del importe
Núm. ingresado fuera de plazo.
Formato: AAAAMMDD
RR
Opcional. Si se cumplimenta debe ser lógica, no mayor a la de proceso y
mayor a la Fecha de vencimiento en voluntaria.
267 - 274
Fecha de notificación en
Núm. voluntaria.
Formato: AAAAMMDD
RR
Obligatoria. Debe ser lógica, no menor a Fecha de liquidación y no mayor a
la de proceso.
Obliga a cumplimentar Fecha de vencimiento en voluntaria y Tipo de
notificación.
33
Importe ingresado fuera de
plazo.
cve: BOE-A-2024-2528
Verificable en https://www.boe.es
Núm. 37
Lunes 12 de febrero de 2024
Código
campo
Posición
Tipo
20
144 - 151
Núm.
21
22
152 - 152
153 - 153
Alf.
Alf.
Descripción del campo
Fecha de liquidación.
Formato: AAAAMMDD
Forma en que debe
gestionarse el cobro de la
liquidación/deuda.
Indicador de que se trata de
una liquidación de sanción.
Tipo
error
Obligatorio.
Debe ser lógica y no mayor a la fecha de proceso del envío.
RR
Obligatorio. Admite como contenido:
A = Apremio.
E = Embargo.
En caso A y E se cumplimentará el campo Importe recargo de apremio.
E
E
154 - 154
Alf.
Validaciones
RR
RR
23
Sec. I. Pág. 15817
Indicador de que la deuda está
recurrida.
Admite como contenido:
S = Sanción.
X = Sanción de Tráfico.
Y = Deuda de Tráfico distinta de sanción.
Blanco = Resto.
Debe venir cumplimentado a Blanco o Y si la posición 154 es R.
La deuda se rechaza si la deuda es de sanción(S) y el deudor está fallecido.
Admite como contenido:
R = Recurrida y pendiente de resolver.
Blanco = No recurrida o desestimado recurso.
RR
Debe venir cumplimentado a Blanco si la posición 153 es S.
Debe venir cumplimentado a Blanco si la posición 2 del campo 2 tipo 0 es
M.
Ejercicio a que corresponde la
deuda.
RR
Obligatorio. Para el año 2000 se indicarán ceros.
Descripción del objeto
tributario/deuda.
RR
Obligatorio.
24
155 – 156
Núm.
25
157 - 196
Alf.
26
197 - 201
Núm.
Código del municipio del
objeto tributario/deuda.
E
Opcional.
Si se cumplimenta debe existir en la tabla de municipios.
27
202 - 206
Código postal del municipio del
Núm. objeto tributario/deuda
(provincia origen).
E
Opcional.
Si se cumplimenta debe ser válido para el municipio.
28
207 - 219
Núm. Importe principal.
RE
Obligatorio. Debe ser mayor de cero.
29
220 - 232
Núm. Importe recargo de apremio.
RE
Para entes C, S, Y: Recargo que proceda según la providencia de apremio
dictada por el ente.
Para resto de entes: Todo a ceros (0000000000000).
30
233 - 245
Núm. Importe total deuda.
RE
Obligatorio. Suma del importe principal más importe recargo de apremio.
31
246 - 258
Núm.
RE
Opcional. Si se cumplimenta llevará contenido el campo Fecha del ingreso
del importe ingresado fuera de plazo.
32
259 - 266
Fecha del ingreso del importe
Núm. ingresado fuera de plazo.
Formato: AAAAMMDD
RR
Opcional. Si se cumplimenta debe ser lógica, no mayor a la de proceso y
mayor a la Fecha de vencimiento en voluntaria.
267 - 274
Fecha de notificación en
Núm. voluntaria.
Formato: AAAAMMDD
RR
Obligatoria. Debe ser lógica, no menor a Fecha de liquidación y no mayor a
la de proceso.
Obliga a cumplimentar Fecha de vencimiento en voluntaria y Tipo de
notificación.
33
Importe ingresado fuera de
plazo.
cve: BOE-A-2024-2528
Verificable en https://www.boe.es
Núm. 37