III. Otras disposiciones. MINISTERIO PARA LA TRANSICIÓN ECOLÓGICA Y EL RETO DEMOGRÁFICO. Instalaciones eléctricas. (BOE-A-2024-2639)
Resolución de 21 de enero de 2024, de la Dirección General de Política Energética y Minas, por la que se otorga a Energía Inagotable de Telemaco, SL, autorización administrativa previa para la instalación fotovoltaica "Telemaco", de 31,11 MW de potencia instalada, y sus infraestructuras de evacuación, ubicados en los términos municipales de Castejón de Valdejasa y Ejea de los Caballeros (Zaragoza), y Mungia y Gatica (Bizkaia).
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Lunes 12 de febrero de 2024

Sec. III. Pág. 16320

Declaración de Impacto Ambiental y las condiciones y medidas adicionales que deben
ser tenidas en cuenta por parte del promotor «Ume» para el proyecto.
Se ha recibido contestación del Departamento de Sostenibilidad y Medio Natural de
la Diputación Foral de Bizkaia, donde se muestran alegaciones y consideraciones de
carácter medioambiental que son argumentadas por el promotor «Ume». El organismo
se ratifica en un segundo informe en sus alegaciones estimando que el proyecto no debe
autorizarse. En todo caso, las consideraciones medioambientales son objeto del trámite
de evaluación de impacto ambiental ordinaria del proyecto del cual se ha resuelto la
Declaración de Impacto Ambiental y las condiciones y medidas adicionales que deben
ser tenidas en cuenta por parte del promotor «Ume» para el proyecto.
Se ha recibido contestación de los ayuntamientos de Zaldíbar, Berriz, Muxika,
Mungia y Gatika, donde muestran su oposición al proyecto. Se ha dado traslado al
promotor «Ume», quien argumenta su postura y da respuestas concretas a las diversas
cuestiones planteadas. Dichas respuestas se han remitido a los organismos que, en
todos los casos, se ratifican en segunda respuesta en su postura de oposición.
Preguntados la Demarcación de Carreteras del Estado en Aragón, la Dirección de
Calidad Ambiental y Economía Circular del Gobierno Vasco, la Dirección de Energía y
Minas y Administración Industrial del Gobierno Vasco, la Dirección de Desarrollo Rural y
Litoral y Políticas Europeas del Gobierno Vasco, la Viceconsejería de Industria del
Gobierno Vasco, Euskal Trenbide Sarea (Red Ferroviaria Vasca), la Delegación Territorial
de Bizkaia del Departamento de Salud del Gobierno Vasco, la Dirección General de
Ordenación del Territorio y Evaluación Ambiental Urbanística de la Diputación Foral de
Bizkaia, el Servicio de Patrimonio Natural de la Diputación Foral de Bizkaia, el Servicio
de Gestión Ambiental de la Diputación Foral de Bizkaia, el Departamento de
Infraestructuras y Desarrollo Territorial del Gobierno de Vizcaya, Interbiak SA M.P de la
Diputación Foral de Bizkaia, la Delegación Territorial en Bizkaia del Departamento de
Desarrollo Económico, Sostenibilidad y Medio Ambiente, la Dirección General de
Innovación y Gestión Viaria del Departamento de Infraestructuras y Desarrollo Territorial
de la Diputación Foral de Bizkaia, la Agencia Estatal de Seguridad Aérea, el
Administrador de Infraestructuras Ferroviarias (ADIF), Endesa, SL, Iberdrola Distribución
Eléctrica SAU, la Compañía Logística de Hidrocarburos (CLH), la Asociación Española
para la Conservación y el Estudio de los Murciélagos, Ecologistas en Acción, Fundación
Lurgaia Fundazioa, la Asociación Ecologista Lur Maitea, la Plataforma Ecologista Erreka,
la Sociedad Ornitológica Lanius, la Comarca de las Cinco Villas y los Ayuntamientos de
Castejón de Valdejasa, Ejea de los Caballeros y Larrabetzu,, no se ha recibido
contestación por su parte, por lo que se entiende la conformidad de los mismos en virtud
de lo dispuesto en el artículo 127.2 del referido Real Decreto 1955/2000, de 1 de
diciembre.
Asimismo, la petición fue sometida a información pública, de conformidad con lo
previsto en el referido Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, y en la citada
Ley 21/2013, de 9 de diciembre, con la publicación el 28 de septiembre de 2021 en el
«Boletín Oficial del Estado» (Núm. 232), el 6 de octubre de 2021 en el Boletín Oficial de
Bizkaia (Núm. 193) y el 7 de octubre en el Boletín Oficial de la Provincia de Zaragoza
(Núm. 231). Se recibieron alegaciones, las cuales fueron contestadas por el promotor
«Ume».
Cabe reseñar la alegación por parte del promotor Siemens Gamesa Renewable
Energy Wind Farms SA Unipersonal, que solicita sean tenidas en cuenta las
interferencias ocasionadas a los Proyectos incluidos en el expediente PEol-390AC
pertenecientes a Siemens Gamesa, parques eólicos «Ejea» y «Sádaba». El promotor
«Ume», por su parte, considera que la dudosa madurez de los proyectos «Ejea» y
«Sábada» hará que no puedan obtener las correspondientes autorizaciones
administrativas.
Igualmente, se remitieron separatas del anteproyecto y del estudio de impacto
ambiental acompañadas de solicitudes de informe en relación a lo establecido en la
Ley 21/2013, de 9 de diciembre, al Instituto Aragonés de Gestión Ambiental del Gobierno

cve: BOE-A-2024-2639
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Núm. 37