III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE TRABAJO Y ECONOMÍA SOCIAL. Convenios colectivos de trabajo. (BOE-A-2024-2514)
Resolución de 30 de enero de 2024, de la Dirección General de Trabajo, por la que se registra y publica el IV Convenio colectivo de Vueling Airlines, SA.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 36

Sábado 10 de febrero de 2024

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– La imaginaria del último día del bloque tendrá la misma consideración que una
imaginaria aislada.
– El bloque deberá cambiarse al completo en caso de cambios personales.
– El importe que corresponde por cada uno de los días en Imaginaria del bloque
será el reflejado en el Anexo 4A de la tabla salarial.
– Asimismo, el TCP, una vez haya iniciado efectivamente el bloque de imaginarias
devengará el plus de imaginaria por cada uno de los días del bloque,
independientemente de la actividad finalmente realizada, salvo que el cambio sea
provocado por el mismo tripulante (Ejemplo: baja de IT).
– En caso de pernocta, el tiempo de notificación deberá ser, como mínimo, de 120
minutos, en lugar de los 75 habituales.
47.6

Imaginaria en el aeropuerto –ASBY–.

En aquellas bases en que sea necesario, se establecerá la imaginaria de aeropuerto
(en adelante ASBY), con una duración máxima de 6 horas.
Dicha imaginaria se llevará a cabo siempre en instalaciones adecuadas.
A esos efectos, se considerará instalación adecuada un lugar tranquilo y confortable,
no abierto al público con la posibilidad de controlar luz y temperatura, con mobiliario
adecuado en el que las tripulaciones puedan dormir, con capacidad suficiente para
acomodar a toda la tripulación al mismo tiempo y con acceso a comida y bebida.
El mobiliario adecuado para el alojamiento debe incluir un asiento que se recline
hacia atrás al menos 45° con la vertical, un asiento con un ancho de al menos 20
pulgadas (50 cm) y con soporte para las piernas y los pies.
Asimismo, contará con wifi, televisión, vending y servicio de limpieza.
A esos mismos efectos, también se considerará instalación adecuada la
acomodación del Tripulante en la habitación de un Hotel.
El tiempo que se esté de imaginaria de aeropuerto contará en su totalidad como
actividad. Si la Imaginaria fuera activada, el tiempo de actividad aérea se iniciará en el
momento de la firma.
Dado que la imaginaria se realizará desde el aeropuerto, el tiempo de presentación
para este tipo de imaginaria, dependerá de la distancia de la acomodación con la sala de
firmas, siendo de un mínimo de 10 minutos. En Barcelona, en el caso de que la
imaginaria se realice en el hotel del puente aéreo, será de 20 min.
La imaginaria en el aeropuerto devengará los siguientes conceptos, con el importe
previsto para los mismos en el Convenio Colectivo:
– ASBY no activado: Importe Imaginaria completa más la Dieta de vuelo.
– ASBY activado: Importe Imaginaria completa más la Dieta de vuelo, así como las
horas de vuelo que correspondan a la actividad de vuelo asignada.

Se considera un día franco de servicio aquel en el que, sin tener previamente
programado servicio u obligación alguna, un tripulante puede ser requerido para realizar
una actividad.
Asimismo, se considerará situación de franco de servicio el periodo de tiempo, que
no incluya un día natural completo, en el que, sin tener previamente programado servicio
u obligación alguna, un tripulante puede ser requerido para realizar una actividad.
En cualquiera de los dos supuestos, la actividad que corresponda deberá serle
asignada antes de las 22:00 (hora local) del día anterior y cumpliendo además con el
tiempo de descanso establecido para el inicio de la actividad asignada.
Para Francos activados después de las 18 h L.T. del día anterior al Franco, la hora
de presentación será a partir de las 12 h L.T.

cve: BOE-A-2024-2514
Verificable en https://www.boe.es

Artículo 48. Día franco de servicio.