III. Otras disposiciones. UNIVERSIDADES. Delegación de competencias. (BOE-A-2024-2471)
Resolución de 17 de enero de 2024, de la Universidad Nacional de Educación a Distancia, por la que se delegan competencias.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Viernes 9 de febrero de 2024

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j) Indistintamente, en las personas titulares de la Gerencia y de la Vicegerencia de
Recursos Humanos y Organización, las competencias en materia de prevención de
riesgos laborales.
k) Indistintamente en las personas titulares de la Gerencia y del Departamento de
contratación administrativa, la autorización para las bajas en inventario por deterioro, u
obsolescencia, hurto o robo de mobiliario, maquinaria y material informático.
l) Indistintamente en las personas titulares de la Gerencia y del Departamento de
contratación administrativa, la autorización de la devolución de los avales y garantías
depositadas a favor de la Universidad.
m) Indistintamente en las personas titulares de la Gerencia y de la Vicegerencia de
Gestión Académica, la resolución de expedientes en materia de devolución de precios
públicos por servicios académicos referidas a las enseñanzas impartidas por la Universidad.
n) Indistintamente en las personas titulares de la Gerencia y del Departamento de
Producción y Distribución de materiales digitales e impresos, la resolución de expedientes en
materia de devolución de tasas por los servicios prestados referidos a UNED Abierta.
ñ) Indistintamente en las personas titulares de la Gerencia y de la Secretaría
técnica, la resolución de los expedientes en materia de derecho de acceso a la
información pública, regulado en el capítulo III del título I de la Ley 19/2013, de 9 de
diciembre, de transparencia, acceso a la información pública y buen gobierno.
o) La autorización para el incremento del gasto máximo en restauración por
persona y día, por asistencia a actos protocolarios representativos, o a reuniones,
conferencias y cursos, imputable a los créditos asignados en el presupuesto de la
Universidad a la gerencia como centro de gasto.
17. Delegar en las personas titulares de los decanatos de facultades, direcciones
de escuelas, y dirección de la Escuela Internacional de Doctorado la autorización de los
gastos y la firma de pliegos de prescripciones técnicas correspondientes a los créditos
descentralizados asignados en el presupuesto de la Universidad a las facultades,
escuelas y Escuela Internacional de Doctorado como centros de gasto.
18. Delegar en las personas titulares de las direcciones de departamento de
facultades y escuelas:
a) La autorización de los gastos y la firma de pliegos de prescripciones técnicas
correspondientes a los créditos descentralizados asignados en el presupuesto de la
Universidad a los departamentos como centros de gasto.
b) Las órdenes de comisión de servicio del personal docente e investigador de la
UNED, cuya duración no exceda de tres días y no comporten coste económico para la
Universidad.
19. Delegar en las personas titulares de las direcciones de los Cursos de
Programas de Posgrado, Programas de Desarrollo Profesional y Personal, así como
cualquier otro Programa de Formación Permanente aprobado por el Consejo de
Gobierno, la autorización de los gastos correspondientes a los créditos descentralizados
asignados en el presupuesto de la Universidad al curso como centro de gasto.
20. Delegar en la persona titular de la dirección del Servicio de Psicología Aplicada
de la Facultad de Psicología de la UNED, la autorización de los gastos correspondientes
a los créditos descentralizados asignados en el presupuesto de la Universidad al servicio
de psicología aplicada como centro de gasto.
21. Delegar indistintamente en las personas titulares del Vicerrectorado de Calidad
y Acreditación, de los decanatos de facultad, direcciones de escuela, dirección de la
Escuela Internacional de Doctorado, presidencias de patronatos y juntas rectoras, y
direcciones de centros asociados, la firma de convenios para la realización de prácticas
curriculares y extracurriculares en empresas o entidades públicas o privadas, suscritos
para una titulación determinada o que tengan ámbito local. Cuando tales convenios se
ajusten estrictamente a las directrices generales fijadas en el modelo de convenio
aprobado a tal efecto por el Consejo de Gobierno de la Universidad, la firma no requerirá

cve: BOE-A-2024-2471
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Núm. 35