I. Disposiciones generales. MINISTERIO DE HACIENDA. Organización. (BOE-A-2024-2323)
Resolución de 5 de febrero de 2024, de la Presidencia de la Agencia Estatal de Administración Tributaria, sobre organización y atribución de funciones en el ámbito de competencias del Servicio de Planificación y Relaciones Institucionales; y por la que se modifican las Resoluciones de 13 de enero de 2021, por la que se establece la estructura y organización territorial de la Agencia Estatal de Administración Tributaria, la de 13 de enero de 2021, sobre organización y atribuciones de funciones en el Área de Aduanas e Impuestos Especiales y la de 27 de mayo de 2023, sobre organización, funciones y atribución de competencias en el Área de Recaudación.
12 páginas totales
Página
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 34

Jueves 8 de febrero de 2024

Sec. I. Pág. 14854

A la asunción de la coordinación de los elementos comunes de las funciones de
información y asistencia por el Servicio de Planificación y Relaciones Institucionales se
une que la organización de dicho Servicio ha crecido en complejidad, especialmente en
áreas como la cesión de información, sin que este desarrollo se haya visto reflejado en
una norma, siendo conveniente recoger la estructura y competencias del Servicio de
Planificación y Relaciones Institucionales, así como de las subdirecciones generales,
áreas y unidades que lo integran. Esta resolución recoge entre sus unidades la Unidad
Nacional de Información y Asistencia, por lo que la Resolución de 28 de febrero de 2022
queda derogada.
En definitiva, en desarrollo del proceso iniciado con la aprobación del Plan
Estratégico de la Agencia Tributaria 2020-2023 y su Adenda para 2023, en el que se
viene trabajando durante este período, se dicta esta resolución que supone un paso más
dirigido a la implantación del nuevo modelo de información y asistencia, asegurando la
adecuada coordinación de los servicios de información y asistencia.
Por otro lado, la Resolución de la Presidencia de la Agencia Estatal de
Administración Tributaria, de 13 de enero de 2021, que establece la estructura y
organización territorial de la Agencia Estatal de Administración Tributaria, recoge, en su
preámbulo, la necesidad de intensificar el proceso de regionalización abordado en
resoluciones anteriores y el objetivo de adaptar la organización de la Agencia Tributaria
al momento actual, lo cual exige la adopción de medidas coordinadas que abarquen el
mayor ámbito territorial posible y que otorguen una mayor flexibilidad en la asignación de
los recursos por parte de cada Delegación Especial.
En este contexto, debe potenciarse el proyecto ya iniciado, de racionalización de las
Administraciones urbanas, con el fin de buscar mayores cotas de eficacia y eficiencia en
la gestión desarrollada por la estructura territorial de la Agencia Tributaria.
Por medio de esta resolución la Administración de San Blas se integra en la
Administración de Sudeste, que dispondrá de dos sedes físicas.
Estas modificaciones exigen las correspondientes adaptaciones del anexo II de la
citada Resolución de 13 de enero de 2021.
En virtud de lo expuesto y en uso de la habilitación conferida por el apartado
decimoquinto de la Orden de 2 de junio de 1994, por la que se desarrolla la estructura de
la Agencia Estatal de Administración Tributaria, dictada de conformidad con lo
establecido por el artículo 103.once.5 de la Ley 31/1990, de 27 de diciembre, de
Presupuestos Generales del Estado para 1991, dispongo:
Primero.

Servicio de Planificación y Relaciones Institucionales.

a) La coordinación y desarrollo de la planificación de la Agencia Tributaria y de la
estrategia de comunicación de la misma.
b) La coordinación de los elementos comunes de las funciones de información y
asistencia prestadas por todas las áreas, así como de las tareas consistentes en la
facilitación del acceso a los ciudadanos a los servicios electrónicos, telefónicos o
presenciales que realice la Agencia Tributaria.
En relación con estas funciones de información y asistencia, le corresponderán, entre
otras, las siguientes:
1.º La propuesta de la carta de servicios, la integración de la planificación y el
establecimiento y seguimiento de los indicadores correspondientes a los servicios de
información y asistencia de todas las áreas, prestados a los ciudadanos a través de
cualquier canal.

cve: BOE-A-2024-2323
Verificable en https://www.boe.es

1. De acuerdo con lo dispuesto en la Orden de 2 de junio de 1994, por la que se
desarrolla la estructura de la Agencia Estatal de Administración Tributaria (en adelante,
Agencia Tributaria), el Servicio de Planificación y Relaciones Institucionales tendrá a su
cargo las siguientes funciones: