I. Disposiciones generales. MINISTERIO DE HACIENDA. Impuestos. (BOE-A-2024-2092)
Orden HAC/72/2024, de 1 de febrero, por la que se aprueban el modelo 040 "Declaración censal de alta, modificación y baja en el registro de operadores de plataforma extranjeros no cualificados y en el registro de otros operadores de plataforma obligados a comunicar información" y el modelo 238 "Declaración informativa para la comunicación de información por parte de operadores de plataformas", y se establecen las condiciones y el procedimiento para su presentación.
14 páginas totales
Página
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Lunes 5 de febrero de 2024

Sec. I. Pág. 14014

Cuando la presentación electrónica se realice por apoderados o por colaboradores
sociales debidamente autorizados, serán estos quienes deberán disponer de su
certificado electrónico, en los términos señalados en el párrafo anterior.
2. La presentación del modelo 040 de «Declaración censal de alta, modificación y
baja en el Registro de operadores de plataforma extranjeros no cualificados y en el
Registro de otros operadores de plataforma obligados a comunicar información» se
efectuará de acuerdo con lo dispuesto en los artículos 20 y 21 de la Orden
HAP/2194/2013, de 22 de noviembre, por la que se regulan los procedimientos y las
condiciones generales para la presentación de determinadas autoliquidaciones,
declaraciones informativas, declaraciones censales, comunicaciones y solicitudes de
devolución, de naturaleza tributaria.
3. En el caso de declaraciones presentadas por los operadores de plataforma
obligados a comunicar información definidos en el artículo 54 ter.3.b), primer párrafo, del
Reglamento General de las actuaciones y los procedimientos de gestión e inspección
tributaria y de desarrollo de las normas comunes de los procedimientos de aplicación de
los tributos, aprobado por el Real Decreto 1065/2007, de 27 de julio, si la declaración
presentada en los términos mencionados es aceptada, se asignará y comunicará el
número de identificación individual que establece la Directiva, con el formato establecido
en el Reglamento de Ejecución (UE) 2022/1467.
Artículo 5. Declaración de modificación o cese de actividad como operador de
plataforma.
1. El operador de plataforma comunicará a la Agencia Estatal de Administración
Tributaria cualquier cambio en la información proporcionada referida en el registro de alta
o, en su caso, en la última modificación.
2. Asimismo, si el operador de plataforma dejara de realizar cualquier tipo de
actividad como «operador de plataforma» o ya no cumpliera las condiciones establecidas
en artículo 54 ter.3.a) o en el artículo 54 ter.3.b), primer párrafo, del Reglamento General
de las actuaciones y los procedimientos de gestión e inspección tributaria y de desarrollo
de las normas comunes de los procedimientos de aplicación de los tributos, aprobado
por el Real Decreto 1065/2007, de 27 de julio, notificará cualquiera de dichas
circunstancias a la Agencia Estatal de Administración Tributaria.
Artículo 6. Aprobación del modelo 238, «Declaración informativa para la comunicación
de información por parte de operadores de plataformas».
Se aprueba el modelo 238, «Declaración informativa para la comunicación de
información por parte de operadores de plataformas», que habrá de presentarse con
periodicidad anual por los obligados a declarar, y remitirse a la Agencia Estatal de
Administración Tributaria mediante el envío de mensajes informáticos, de acuerdo con el
procedimiento y con el formato y diseño previstos en los artículos 10 y 11, y con el
contenido a que se refiere el anexo II.
Artículo 7. Obligados a presentar el modelo 238, «Declaración informativa para la
comunicación de información por parte de operadores de plataformas».
Los obligados a presentar el modelo 238, «Declaración informativa para la
comunicación de información por parte de operadores de plataformas», son los
delimitados en el artículo 54 ter, apartados 2, segundo párrafo, y 3 del Reglamento
General de las actuaciones y los procedimientos de gestión e inspección tributaria y de
desarrollo de las normas comunes de los procedimientos de aplicación de los tributos,
aprobado por Real Decreto 1065/2007, de 27 de julio.

cve: BOE-A-2024-2092
Verificable en https://www.boe.es

Núm. 31