III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE AGRICULTURA, PESCA Y ALIMENTACIÓN. Comunidad Autónoma de Andalucía. Convenio. (BOE-A-2024-2083)
Resolución de 30 de enero de 2024, de la Secretaría General de Recursos Agrarios y Seguridad Alimentaria, por la que se publica el Convenio con la Universidad de Granada, para el desarrollo de programas de cooperación educativa.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 30

Sábado 3 de febrero de 2024

Sec. III. Pág. 13942

Las actividades de los estudiantes se desarrollarán en las dependencias de los
laboratorios de la División de Laboratorios de Sanidad de la Producción Agraria y estarán
relacionadas con el proyecto formativo que se detalla en el anexo.
Asimismo, el MAPA se compromete a disponer de los recursos necesarios para el
acceso y desarrollo de las prácticas en el caso de estudiantes con discapacidad.
Cuarta.

Desarrollo de las prácticas académicas externas.

Los estudiantes seleccionados por la UGR para la realización de las prácticas en el
MAPA colaborarán en el desarrollo de las actividades que a éste corresponden, a fin de
complementar su formación académica.
La fecha máxima de realización de las prácticas será la establecida en los programas
de grado/máster que sean de aplicación. Los estudiantes realizarán sus prácticas en el
horario que establezca el centro del MAPA según el número de horas que le
correspondan según dichos programas.
Una vez finalizado el periodo de prácticas, el MAPA, teniendo en cuenta los informes
emitidos por el tutor profesional, acreditará a la UGR mediante la extensión de la
correspondiente certificación, las funciones realizadas por cada estudiante indicando el
nivel alcanzado en una evaluación global de su estancia en el MAPA, conforme
establece la normativa de prácticas académicas externas de la UGR, con el fin de que
ésta pueda reconocer, en su caso, al estudiante en su expediente los créditos
correspondientes.
Quinta. Condición, derechos y obligaciones del tutor académico.
La UGR nombrará un tutor académico de entre su profesorado, que tendrá como
función el asesoramiento metodológico y técnico del estudiante.
Al tutor académico le compete velar por el normal desarrollo del proyecto formativo,
garantizando la compatibilidad del horario de realización de las prácticas con las
obligaciones académicas, formativas y de representación o participación del estudiante.
Le corresponde asimismo autorizar, en su caso, las modificaciones del proyecto
formativo y evaluar y calificar las prácticas en el correspondiente informe de evaluación.
Deberá supervisar y, en su caso, solicitar la adecuada disposición de los recursos de
apoyo necesarios para asegurar que los estudiantes con discapacidad realicen sus
prácticas en condiciones de igualdad de oportunidades, no discriminación y accesibilidad
universal.

Por parte del MAPA, se designará un tutor profesional que desarrollará las funciones
de guía, supervisor y asesor del estudiante mientras realice la estancia en el centro
correspondiente, y que realizará y remitirá al tutor académico los informes precisos para
la evaluación del aprovechamiento.
El tutor profesional designado será un funcionario que preste sus servicios en
laboratorios de la División de Laboratorios de Sanidad de la Producción Agraria, con
experiencia profesional y con los conocimientos necesarios para realizar la tutela efectiva
del trabajo de los estudiantes en prácticas.
Al final de cada período de prácticas remitirá al tutor académico de la UGR un
informe sobre el resultado y rendimiento del trabajo realizado por cada estudiante, de
forma individualizada. Dicho informe será valorado por la UGR, a efectos académicos,
según lo establecido en su Reglamento de Prácticas Externas.
El tutor profesional deberá supervisar la actividad del estudiante en prácticas,
orientando y controlando su desarrollo; le informará sobre la organización y
funcionamiento de la institución y de la normativa de interés, especialmente la relativa a
la seguridad y riesgos laborales; coordinará con el tutor académico el desarrollo de las
actividades establecidas en el proyecto, así como a comunicarle posibles incidencias y

cve: BOE-A-2024-2083
Verificable en https://www.boe.es

Sexta. Condición, derechos y obligaciones del tutor profesional.