III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE CIENCIA, INNOVACIÓN Y UNIVERSIDADES. Comunidades autónomas. Convenio. (BOE-A-2024-2089)
Resolución de 28 de diciembre de 2023, del Consorcio Barcelona Supercomputing Center-Centro Nacional de Supercomputación, por la que se publica el Convenio con la Fundació Per la Recerca i la Docència Sant Joan de Déu y Entidades participantes del Proyecto PMP22/00008 "ÚNICAS. Implementación de una red pediátrica para la medicina personalizada en enfermedades raras pediátricas. Un proyecto piloto", en el marco de la convocatoria para el año 2022 de proyectos de investigación de medicina personalizada de precisión de la acción estratégica en salud 2021-2023, bajo el PERTE para la salud de vanguardia y con cargo a los fondos europeos del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 30

Sábado 3 de febrero de 2024

Sec. III. Pág. 13995

3. Presentar las memorias científicas y económicas tanto anuales como finales, que
deberán ajustarse a lo descrito en el artículo 18 de la resolución de convocatoria.
4. Remitir la memoria final en un plazo no superior a tres (3) meses desde la
finalización de la ayuda, al igual que en las justificaciones anteriores, los gastos
efectivamente realizados y pagados, en este caso, en el período entre el 1 de enero
de 2026 y el 31 de marzo de 2026 y aplicados para la finalidad a la que se otorgó la
ayuda.
5. Informar a las entidades participantes en el plazo de quince (15) días naturales,
contados a partir de la fecha en la que la entidad beneficiaria hubiera tenido
conocimiento, de cualquier incidencia que pudiera afectar o implicar riesgo para el
desarrollo y la ejecución del Proyecto (retrasos, incumplimientos o situaciones de
insolvencia)
3.2

Las entidades participantes deberán cumplir con las siguientes obligaciones:

1. Obligación de la entidad participante de someterse a las actuaciones de
comprobación y control previstas en el artículo 15.1.d) de la Ley de Subvenciones.
2. Proporcionar a la entidad beneficiaria –previo requerimiento– la información
técnica y económica referente al estado de ejecución del Proyecto, previa recepción de
las instrucciones y plantillas correspondientes por parte de la entidad beneficiaria y
coordinadora, de acuerdo con el formato establecido por la entidad financiadora (ISCIII).
3. Emitir y entregar a la entidad beneficiaria los informes parciales y finales de
seguimiento de Proyecto en el plazo de quince (15) días naturales antes de que finalice
los plazos fijados por el ISCIII.
4. Informar a la entidad beneficiaria en el plazo de quince (15) días naturales,
contados a partir de la fecha en la que la entidad participante hubiera tenido
conocimiento, de cualquier incidencia que pudiera afectar o implicar riesgo para el
desarrollo y la ejecución del Proyecto (retrasos, incumplimientos o situaciones de
insolvencia).
5. Ajustar el coste de sus trabajos a lo previsto en el anexo 2. En ningún caso, se
podrá superar el importe consignado en dicho anexo 2.
6. Llevanza de los libros y registros contables para facilitar la adecuada justificación
de la subvención y la comprobación del cumplimiento de las condiciones establecidas.
7. Ejecutar los trabajos definidos y asignados a cada Parte, con arreglo a la
Sección Plan de Trabajo del anexo 1.
Desarrollo de los trabajos de investigación.

4.1 Cada Parte desarrollará los trabajos de investigación que corresponda en sus
propias instalaciones. No obstante, se podrá autorizar el desplazamiento de personal a
las instalaciones de cualquier otra Parte, siempre y cuando sea necesario para la
ejecución del Proyecto y este personal sea parte integrante de los trabajos de
investigación de este Proyecto. En este caso, se deberán llevar a cabo las
correspondientes autorizaciones de estancia que procedan, que podrá requerir la previa
autorización del acceso por parte de la Dirección de la entidad de que se trate y se
deberá cumplir con las normativas internas de la Parte empleadora y de la Parte que
acoge y la normativa de prevención de riesgos laborales.
4.2 Los responsables del Proyecto deberán informar a los órganos competentes de
la institución a la que pertenezcan sobre las estancias temporales para obtener las
autorizaciones correspondientes. Para obtener las autorizaciones necesarias se deberá
notificar con un mínimo de siete días laborables a la siguiente dirección, indicando en el
asunto el código del proyecto (PMP22/00008), encargada de centralizar y revisar dichas
peticiones:
FSJD: frecerca.recerca@sjd.es

cve: BOE-A-2024-2089
Verificable en https://www.boe.es

Cuarta.