III. Otras disposiciones. MINISTERIO DEL INTERIOR. Convenios. (BOE-A-2024-2078)
Resolución de 1 de febrero de 2024, de la Secretaría General Técnica, por la que se publica el Convenio entre la Secretaría General de Instituciones Penitenciarias y el Colegio de Procuradores de Madrid, para la información, organización y prestación del servicio de representación procesal a las personas internadas en los centros penitenciarios de la provincia de Madrid.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 30

Sábado 3 de febrero de 2024

Sec. III. Pág. 13918

Procuradores de Madrid en relación a la prestación del Servicio de Representación
Procesal (en adelante SRP), por el que se viene orientando y asesorando gratuitamente
las consultas que formulan los internos.
El objeto del referido SRP consistirá en la prestación gratuita para las personas
internadas en cualquiera de los establecimientos penitenciarios de la provincia de Madrid
(y los que se pudieran abrir en un futuro), a fin de orientarles e informarles sobre los
diversos elementos integrantes del ordenamiento jurídico español que les afecte o
interese en los que deba intervenir la figura del procurador.
Quedará excluido del ámbito de competencia del SRP la tramitación de asuntos en
los que el interno ya tenga asignado un procurador, sin perjuicio de aquellas actuaciones
que por la naturaleza de los hechos fuesen necesarias para evitar que el interesado
pueda sufrir indefensión.
Segunda. Compromisos
Penitenciarias.

que

asume

la

Secretaría

General

de

Instituciones

a) Se facilitará la realización de las actuaciones objeto del presente convenio en el
departamento destinado para tal fin, en condiciones que garanticen en todo momento la
libertad e independencia que inspiran la profesión de procurador.
b) Se permitirá a los procuradores del servicio el acceso a los expedientes de los
internos, para efectuar tal consulta, y dado que contiene una gran diversidad de datos
especialmente protegidos por la Ley Orgánica de Protección de Datos, se requerirá la
previa y expresa autorización escrita del interno afectado. La consulta del expediente
será atendida por un funcionario de la Oficina de Gestión, como unidad encargada y
responsable directa de la custodia de expedientes. La consulta de los expedientes, por
parte de los procuradores del SRP, se efectuará, siempre que el servicio administrativo lo
permita, en los días y en el horario en que dichos profesionales tengan asignada su
asistencia a cada centro penitenciario.
c) Igualmente, el centro penitenciario facilitará a los procuradores del SRP las
modificaciones que puedan producirse en la normativa interior que puedan afectar a la
adecuada prestación del citado servicio por estar referidas a los derechos, deberes y
comportamiento de los internos en el centro.
d) Se dotará al personal que vaya a prestar el servicio de las acreditaciones
necesarias para ello, que deberán ser portadas por los primeros permitiendo su
identificación.
e) Se garantizará el conocimiento entre las personas internas de la existencia de
estos servicios.
f) Se permitirá que las personas internas puedan llevar consigo la documentación
necesaria para facilitar la consulta y que el procurador pueda acceder a la misma.
g) Se permitirá el acceso de los procuradores a los centros penitenciarios con
dispositivos informáticos siempre que carezcan de acceso a internet y no permitan la
grabación de imágenes o sonido.
h) Los restantes compromisos previstos en el presente convenio.
Tercera.

Compromisos que asume el Ilustre Colegio de Procuradores de Madrid.

El Ilustre Colegio de Procuradores de Madrid llevará a cabo el correcto desarrollo de
las actuaciones de orientación y asesoramiento a las personas internas del centro
penitenciario correspondiente, y para ello:
a) A primeros de cada año, notificará, presencialmente, por fax o por correo
electrónico remitido a la Dirección del Centro Penitenciario, la relación de los procuradores

cve: BOE-A-2024-2078
Verificable en https://www.boe.es

La Secretaría General de Instituciones Penitenciarias, a través de la Dirección del
Centro Penitenciario, velarán por el correcto desarrollo de las actuaciones de orientación
y asesoramiento a las personas internas del Centro Penitenciario correspondiente, y
para ello: