I. Disposiciones generales. COMUNIDAD AUTÓNOMA DE LA REGIÓN DE MURCIA. Presupuestos. (BOE-A-2024-2045)
Ley 4/2023, de 28 de diciembre, de Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia para el ejercicio 2024.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Sábado 3 de febrero de 2024

Sec. I. Pág. 13815

la base del endeudamiento recibido a través de dichos mecanismos en 2024 para
financiar déficits de ejercicios anteriores y registrado en el presupuesto de ingresos, se
incrementarán los créditos en las correspondientes partidas de capítulo 7 del
presupuesto de gastos, por un importe como máximo igual al saldo pendiente de las
cuentas no presupuestarias representativas de dichas deudas a 31 de diciembre
de 2023, procediéndose posteriormente a tramitar y contabilizar el correspondiente
reconocimiento de la obligación y pago en formalización de dicho importe al ente
afectado, actuaciones que estarán exentas de fiscalización previa.
2. Los incrementos de los créditos mencionados en el apartado anterior, así como
de las correlativas previsiones de ingresos, se efectuarán mediante ajustes de los
estados de gastos e ingresos de los presupuestos que resulten necesarios.
3. Estos ajustes de los estados de gastos e ingresos en ningún caso tendrán la
consideración de modificaciones de crédito a efectos de lo previsto en el título II del
Texto Refundido de la Ley de Hacienda de la Región de Murcia, aprobado mediante
Decreto Legislativo 1/1999, de 2 de diciembre, y demás normativa de aplicación, y serán
efectuados por la Intervención General de la Comunidad Autónoma.
4. La realización de estos ajustes en ningún caso afectará al cumplimiento del
objetivo de estabilidad presupuestaria de la Comunidad Autónoma de la Región de
Murcia en 2024, ni supondrá un incremento de los gastos de la entidad destinataria en
dicho ejercicio.
5. La determinación del importe y destinatario de los indicados ajustes se realizará
por Acuerdo de Consejo de Gobierno a propuesta de la persona que ostente la titularidad
de la consejería con competencias en materia de hacienda, previo informe de la
Intervención General.
Disposición adicional cuadragésima
FEDER 2021-2027.

primera.

Ayudas

y

actuaciones

Programa

Durante el ejercicio 2024, el Instituto de Fomento de la Región de Murcia (INFO)
podrá adquirir compromisos de gastos futuros y de tramitación anticipada
correspondientes a convocatorias de ayudas y actuaciones incluidas en el Programa
FEDER de la Región de Murcia, para el período 2021-2027, por una cuantía máxima
de 35.280.000 euros, sin que sean de aplicación los límites previstos para los gastos
plurianuales y de tramitación anticipada a los que se remite el apartado primero de la
disposición adicional trigésima quinta de esta ley.
Disposición adicional cuadragésima segunda.
personal docente.

Fiscalización de contratos laborales de

Durante el ejercicio 2024 los contratos laborales del personal docente no serán
sometidos a fiscalización previa, quedando ésta sustituida por el control financiero de
acuerdo con lo previsto en el artículo 99 y siguientes del Decreto Legislativo 1/1999, de 2
de diciembre, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley de Hacienda de la
Región de Murcia.
Disposición derogatoria única.

Derogación normativa.

Con efectos a partir de los períodos impositivos iniciados a partir del 1 de enero
de 2024, se deroga el Decreto n.º 128/2005, de 18 de noviembre, por el que se
desarrolla el artículo 1, tres de la Ley 8/2004, de 28 de diciembre, relativo a la deducción,
en el Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas, por inversión.

cve: BOE-A-2024-2045
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Núm. 30