I. Disposiciones generales. COMUNIDAD AUTÓNOMA DE LA REGIÓN DE MURCIA. Presupuestos. (BOE-A-2024-2045)
Ley 4/2023, de 28 de diciembre, de Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia para el ejercicio 2024.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 30

Sábado 3 de febrero de 2024

Sec. I. Pág. 13812

Región de Murcia en los servicios sociales especializados en los sectores de personas
mayores y personas con discapacidad, que determina que los conciertos sociales podrán
ser objeto de revisión y, en su caso, de modificación cuando varíen las circunstancias
iniciales de su suscripción, con el fin de adecuar las condiciones económicas y las
prestaciones asistenciales a las nuevas necesidades, se determina que los importes de
las plazas correspondientes a los conciertos sociales de los servicios de centro de día,
promoción de la autonomía personal y atención residencial del sector de personas con
discapacidad, vigentes en el momento de la entrada en vigor de la presente Ley, tendrán
un incremento de un 9 % desde 1 de enero de 2024.
Asimismo, experimentarán un incremento del 9 % los importes de las plazas de
centro de día y atención residencial del sector de personas con discapacidad
conveniadas con los distintos ayuntamientos de la Región de Murcia, desde 1 de enero
de 2024.
Disposición adicional trigésima tercera.

Procedimientos de emergencia ciudadana.

En el ejercicio 2024 se consideran procedimientos de emergencia ciudadana,
además de los previstos en el anexo de la Ley 4/2016, de 15 de abril, de regulación de
los procedimientos de emergencia ciudadana en la Administración de la Región de
Murcia, los siguientes:
3)

Menores y familias:

– Acogimiento permanente en familia ajena.
– Acogimiento familiar (familias canguro).
– Ayudas a familias numerosas de categoría especial, parto múltiple o adopción
múltiple y a familias monoparentales.
– Ejecución de medidas judiciales de menores y colaboración entre Administraciones
públicas.
– Estudio y valoración de expedientes de menores en acogimiento residencial o
familiar.
– Estudio y valoración de menores en situación de desamparo.
– Estudio y valoración de menores en situación de guarda.
– Programa de acogimiento con familia extensa.
– Programa de acogimiento temporal familiar.
– Programa de actuación en posibles situaciones de riesgo en la infancia.
– Programa de apoyo y asesoramiento familiar.
– Punto de encuentro familiar.
– Servicio de información, diagnóstico y tratamiento de abusos sexuales a menores.
– Programas de preparación para la vida independiente dirigidos a los jóvenes
tutelados y extutelados.
IV
Contratos-programa.

Durante el año 2024 las entidades dependientes o vinculadas a la Administración
pública de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia deberán relacionarse con
ella, a través de la consejería de la que dependan, mediante la suscripción de un
contrato-programa en el que se concreten, entre otros aspectos, los objetivos que se
asignen, así como las estrategias y su correspondiente financiación. El control de su
cumplimiento corresponderá a la consejería que lo haya suscrito, sin perjuicio del que
pueda ejercer la consejería competente en materia de hacienda.

cve: BOE-A-2024-2045
Verificable en https://www.boe.es

Disposición adicional trigésima cuarta.