I. Disposiciones generales. COMUNIDAD AUTÓNOMA DE LA REGIÓN DE MURCIA. Presupuestos. (BOE-A-2024-2045)
Ley 4/2023, de 28 de diciembre, de Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia para el ejercicio 2024.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 30

Sábado 3 de febrero de 2024

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que se darán de baja salvo manifestación en contrario, que deberán realizar en el plazo
de 15 días a contar desde el siguiente al recibo de la relación.
2. En la memoria de la Cuenta General del ejercicio 2024, se incluirá una nota
explicativa de las bajas contabilizadas en aplicación de esta disposición adicional.
3. La aplicación de las anteriores previsiones lo será sin perjuicio de que por
circunstancias sobrevenidas con posterioridad sea posible la rehabilitación de los
créditos dados de baja en contabilidad.
Disposición adicional duodécima. Suspensión del artículo 55.6 del Texto Refundido de
la Ley de Hacienda de la Región de Murcia.
En el caso de que la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia tuviese que
formular un plan económico-financiero de reequilibrio, conforme a lo dispuesto en la
normativa y acuerdos sobre estabilidad presupuestaria, se suspenderá la vigencia de lo
dispuesto en el artículo 55.6 del Texto Refundido de la Ley de Hacienda de la Región de
Murcia, aprobado por Decreto Legislativo 1/1999, de 2 de diciembre.
Disposición adicional decimotercera. Precios públicos a satisfacer por la prestación del
servicio educativo en las escuelas infantiles dependientes de la Comunidad
Autónoma de la Región de Murcia.
Durante el ejercicio 2024 no serán exigibles los precios públicos por la prestación del
servicio educativo en las escuelas infantiles dependientes de la Comunidad Autónoma
de la Región de Murcia regulados en el Decreto n.º 208/2006, por el que se regulan los
precios públicos a satisfacer por la prestación de los servicios educativos y de
manutención en las Escuelas Infantiles dependientes de la Comunidad Autónoma de la
Región de Murcia.
II
Disposición adicional decimocuarta.
1.

Disposiciones en materia de función pública.

Oferta de empleo público.

Durante el ejercicio 2024, la elaboración de la oferta de empleo público en sus
distintas modalidades tendrá en cuenta, en todo caso, los términos establecidos en la
normativa estatal básica y se aprobará previa negociación con las organizaciones
sindicales en la Mesa General de Negociación de las Condiciones de Trabajo Comunes
al personal funcionario, estatutario y laboral de la Administración Pública de la
Comunidad Autónoma de la Región de Murcia.
Gratificaciones por servicios extraordinarios.

2.1 Durante el ejercicio 2024, la autorización para la realización de servicios
extraordinarios corresponderá a la persona titular de la Secretaría General de cada
departamento o de la Dirección del organismo autónomo.
2.2 Una vez realizados los servicios extraordinarios, se compensará
obligatoriamente con descansos adicionales el exceso de horas realizadas superiores a
la jornada legalmente establecida.
2.3 En el caso de que no sea posible dicha compensación, sólo podrán retribuirse
horas extraordinarias en los supuestos en que con carácter excepcional así se autorice
por el Consejo de Gobierno a propuesta de la consejería competente en materia de
función pública, que no podrán superar las 80 horas anuales, excepto aquellas cuya
realización sea necesaria para prevenir o reparar siniestros u otros daños extraordinarios
o urgentes.
2.4 Lo dispuesto en los apartados 2.2 y 2.3, excepto la limitación de 80 horas
anuales, será de aplicación a la percepción del complemento de atención continuada que

cve: BOE-A-2024-2045
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