I. Disposiciones generales. COMUNIDAD AUTÓNOMA DE LA REGIÓN DE MURCIA. Presupuestos. (BOE-A-2024-2045)
Ley 4/2023, de 28 de diciembre, de Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia para el ejercicio 2024.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Sábado 3 de febrero de 2024

Sec. I. Pág. 13745

El capítulo II está dedicado a las medidas relacionadas con los tributos propios de la
Comunidad Autónoma.
A este respecto cabe destacar, de forma general, el mantenimiento de los importes
de las tasas y precios públicos de la Hacienda regional para el ejercicio 2024, en las
mismas cuantías que se aplicaron durante el ejercicio 2023.
Asimismo, se amplía al ejercicio 2024 la vigencia de las exenciones de pago de
determinadas tasas vinculadas a la prestación de actividades y servicios por la
Administración regional a favor de emprendedores, pymes y microempresas, como
medida de apoyo a este importante sector de la economía regional.
Por otra parte, se mantiene la exención del pago de la cuota de la tasa T964 «Tasa
por la participación en el procedimiento de reconocimiento, evaluación, acreditación y
registro de competencias profesionales (PREAR)» con la finalidad de que el pago de
dicha tasa no suponga una barrera de acceso de tipo económico para un elevado
porcentaje de candidatos que, normalmente, tienen una baja o inexistente cualificación
profesional y que cualquier obstáculo de tipo económico los desincentiva a participar en
el procedimiento PREAR.
Por último, se modifica la redacción de varias tasas, a propuesta de las distintas
Consejerías, principalmente con el objetivo de adaptar su regulación a los cambios
producidos en la normativa sectorial a la que se refiere cada tasa.
IX
El título VII, «De la información a la Asamblea Regional», contiene la relación
detallada de información a remitir por el Consejo de Gobierno a la Comisión de
Economía, Hacienda y Presupuesto de la Asamblea, en materia de ejecución
presupuestaria, endeudamiento y otras actuaciones de la Administración pública regional
relacionadas con el presupuesto.
X
Para mejorar la sistemática de la ley, se agrupan las disposiciones adicionales por
materias en cuatro bloques. Así, el bloque I reúne los preceptos en materia presupuestaria
y tributaria, el bloque II los que se refieren a la materia de función pública y gastos de
personal, el bloque III los relativos a la materia de fomento (contratación, subvenciones,
etc…), y el bloque IV los que tratan de la racionalización del sector público.
Las disposiciones adicionales del primer bloque hacen referencia a la imputación de
gastos de ejercicios anteriores al presupuesto de 2024; a la tramitación anticipada de los
expedientes de gasto de forma que se les apliquen los límites de los gastos plurianuales;
a las bajas por adjudicación; a las transferencias de créditos del Servicio Regional de
Empleo y Formación financiados por la Administración General del Estado; a
incorporaciones de crédito en el presupuesto del Instituto Murciano de Investigación y
Desarrollo Agrario y Medioambiental con el fin de posibilitar la financiación de trabajos de
investigación científica por parte de empresas del sector agrario y alimentario; a las
transferencias de crédito que afecten a gastos relativos a Planes de Vivienda; a las
transferencias de crédito del Fondo de recursos presupuestarios; a las transferencias de
crédito relativas a fondos del Mecanismo de Recuperación y Resiliencia incluidos en los
fondos financiación regional; a los pagos que se realicen a favor de los centros docentes
públicos no universitarios; a la suspensión de los pagos a favor de las entidades del
sector público que no cumplan el deber de información en materia de estabilidad
presupuestaria; al procedimiento de depuración de saldos antiguos por derechos
pendientes de cobro; a la suspensión del artículo 55.6 del Texto Refundido de la Ley de
Hacienda de la Región de Murcia; y a la no exigibilidad en 2024 de los precios públicos a
satisfacer por la prestación del servicio educativo en las Escuelas Infantiles dependientes
de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia, como medida que coadyuva a la
conciliación personal, familiar y laboral.

cve: BOE-A-2024-2045
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Núm. 30