I. Disposiciones generales. COMUNIDAD AUTÓNOMA DE LA REGIÓN DE MURCIA. Presupuestos. (BOE-A-2024-2045)
Ley 4/2023, de 28 de diciembre, de Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia para el ejercicio 2024.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 30

Sábado 3 de febrero de 2024

Sec. I. Pág. 13797

incrementar los créditos de la partida presupuestaria a que se refiere el artículo 19.4 de
la presente ley.
Disposición adicional cuarta. Transferencias de créditos del Servicio Regional de
Empleo y Formación financiados por la Administración General del Estado.
Las transferencias de créditos que se realicen entre los conceptos presupuestarios
de los programas de gasto 321A «Dirección y servicios generales de empleo y
formación», 324A «Formación profesional ocupacional y continua», 324B «Actuaciones
para la calidad profesional», 322A «Fomento del Empleo», 312A «Prestaciones a los
desempleados» financiados totalmente con fondos procedentes de la Administración
General del Estado, no estarán sujetas ni serán tenidas en cuenta a efectos de las
limitaciones establecidas en el artículo 44.1 del Texto Refundido de la Ley de Hacienda
de la Región de Murcia.
Disposición adicional quinta. Incorporaciones de crédito en el presupuesto del Instituto
Murciano de Investigación y Desarrollo Agrario y Medioambiental.
1. Los créditos generados en el presupuesto del Instituto Murciano de Investigación
y Desarrollo Agrario y Medioambiental, como consecuencia de ingresos realizados por
empresas para financiar la realización de diversos trabajos de investigación científica,
estarán disponibles y se podrán ejecutar a partir del reconocimiento del derecho.
2. Los créditos financiados con los ingresos a que se refiere el apartado anterior, y
que no hayan sido ejecutados a 31 de diciembre de 2023, podrán incorporarse en el
presupuesto de 2024 de dicho organismo.
La incorporación de dichos remanentes de crédito se realizará previa acreditación
por la Dirección General de Presupuestos y Fondos Europeos de la existencia de las
correspondientes desviaciones positivas de financiación.
3. Los ingresos realizados por empresas para financiar la realización de trabajos de
investigación científica, durante el ejercicio 2023, que no hayan dado lugar a generación
de crédito en dicho ejercicio, podrán generar crédito en el presupuesto de 2024 del
Instituto Murciano de Investigación y Desarrollo Agrario y Medioambiental, previa
acreditación por la Dirección General de Presupuestos y Fondos Europeos de la
existencia de las correspondientes desviaciones positivas de financiación.
Disposición adicional sexta.
planes de vivienda.

Transferencias de crédito que afecten a gastos relativos a

Las transferencias de crédito que se realicen entre proyectos de gasto relativos a los
distintos planes de vivienda en vigor de los programas 431A y 431C de la Dirección
General de Vivienda y Arquitectura, no estarán sujetas a las limitaciones establecidas en
el artículo 44.1 del Texto Refundido de la Ley de Hacienda de la Región de Murcia,
aprobado por Decreto Legislativo 1/1999, de 2 de diciembre.
Transferencias de crédito del Fondo de recursos

Corresponde al titular de la consejería competente en materia de hacienda autorizar
las transferencias de crédito desde la partida presupuestaria 13.03.00.633A.580.00
«Fondo de recursos presupuestarios», aunque se refieran a créditos de distintas
secciones, o a créditos de proyectos de gasto incluidos en el Anexo I de esta ley. Dichas
transferencias no estarán sujetas a las limitaciones establecidas en el artículo 44.1 del
Texto Refundido de la Ley de Hacienda de la Región de Murcia.

cve: BOE-A-2024-2045
Verificable en https://www.boe.es

Disposición adicional séptima.
presupuestarios.