I. Disposiciones generales. COMUNIDAD AUTÓNOMA DE LA REGIÓN DE MURCIA. Presupuestos. (BOE-A-2024-2045)
Ley 4/2023, de 28 de diciembre, de Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia para el ejercicio 2024.
124 páginas totales
Página
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 30

Sábado 3 de febrero de 2024
e)

Sec. I. Pág. 13796

Además, anualmente se comunicarán a la Asamblea Regional:

– Las subvenciones concedidas de forma directa por razones que dificulten su
convocatoria pública.
– La relación de pactos laborales suscritos.
– Los acuerdos suscritos con las centrales sindicales.
3. Asimismo, y a los efectos de un mejor conocimiento por parte de la Asamblea de
la actividad de la Administración autonómica, las consejerías, sus organismos
autónomos, sociedades mercantiles y, en su caso, empresas públicas, entes y entidades
del sector público regional, remitirán un ejemplar de todas las publicaciones unitarias o
periódicas editadas por los mismos a los Servicios de Biblioteca y Documentación y
Archivo de la Asamblea, así como a los diferentes grupos parlamentarios.
I
Disposición adicional primera.
presupuesto de 2024.

Imputación de gastos de ejercicios anteriores al

Una vez cargado en el sistema contable de la Comunidad el presupuesto de 2024,
por la Intervención General se procederá a imputar al mismo los compromisos de gastos
plurianuales procedentes de ejercicios anteriores, así como los gastos que hubieren sido
objeto de tramitación anticipada. En el caso de los gastos de tramitación anticipada que
hayan llegado a la fase de compromiso del gasto y afecten a los ejercicios 2025 y
siguientes, no será necesario efectuar la comprobación de los límites que para las
anualidades futuras establece la regla 10 de la Orden de 15 de diciembre de 1997, de la
Consejería de Economía y Hacienda, por la que se aprueba la Instrucción de
contabilidad de gastos de tramitación anticipada.
A tal fin, la Dirección General de Presupuestos y Fondos Europeos realizará en el
sistema contable SIGEPAL las oportunas modificaciones de los límites de gasto de
ejercicios futuros, teniendo en cuenta los acuerdos adoptados por el Consejo de
Gobierno al amparo de lo dispuesto en el artículo 37.4 del Texto Refundido de la Ley de
Hacienda de la Región de Murcia, y los compromisos de gasto debidamente adquiridos
en ejercicios anteriores, así como las modificaciones producidas en la estructura
presupuestaria de la presente ley.
Disposición adicional segunda.

Tramitación anticipada de expedientes de gasto.

Durante el ejercicio 2024 los nuevos expedientes de gasto que se tramiten de forma
anticipada computarán a efectos de los límites de compromisos de gasto de carácter
plurianual establecidos en el artículo 37 del Texto Refundido de la Ley de Hacienda de la
Región de Murcia, y, en consecuencia, lo dispuesto en los apartados 2, 3 y 4 de dicho
precepto será de aplicación en la tramitación anticipada de los expedientes de gasto.
Bajas por adjudicación.

Durante el ejercicio 2024, en los expedientes de contratación que se financien con
cargo a créditos del capítulo VI de «Inversiones» que tramiten las distintas consejerías y
organismos autónomos de la Administración Pública de la Comunidad Autónoma de la
Región de Murcia, cuando en el proceso de licitación se produzcan bajas de adjudicación
en las que el importe correspondiente a la anualidad del ejercicio 2024 sea superior
a 10.000 euros, los créditos correspondientes a la diferencia entre el importe de licitación
para el ejercicio 2024 y el importe de la adjudicación correspondiente a dicho ejercicio,
con el procedimiento establecido en la Orden de la Consejería de Hacienda, de 10 de
febrero de 2010, por la que se regula el fondo de bajas por adjudicación, quedarán a
disposición de la consejería competente en materia de hacienda que decidirá el destino
de los mismos pudiendo, en su caso, utilizarlos como fuente de financiación para

cve: BOE-A-2024-2045
Verificable en https://www.boe.es

Disposición adicional tercera.