III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE ECONOMÍA, COMERCIO Y EMPRESA. Inversiones exteriores. (BOE-A-2024-1977)
Resolución de 31 de enero de 2024, de la Dirección General de Comercio Internacional e Inversiones, por la que se aprueban los modelos destinados a la tramitación y declaración de las inversiones extranjeras en España y de las inversiones españolas en el exterior.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 28

Jueves 1 de febrero de 2024

Sec. III. Pág. 13327

Principales titulares últimos del titular de la inversión.
Si la inversión la efectuara un fiduciario o persona interpuesta a cuenta de un
propietario, se declararán en este casillero los datos del propietario real o la persona por
cuya cuenta actúan.
Si el titular de la inversión es una persona jurídica, se declararán en este casillero los
datos de los propietarios en último término con participación en su capital igual o superior
al 10 %. Si existiesen más de dos titulares últimos se consignarían sus datos en el
modelo «Hoja adicional».
Se consignarán por cada uno de los titulares últimos los apellidos y el nombre o la
razón social, así como la denominación y el código del país que corresponda según la
tabla de la ayuda de AFORIX disponible en https://oficinavirtual.comercio.gob.es/
AFORIXUpdater/tablaCodificacion.aspx?tabla=paises.
Cuando haya más de dos titulares de la inversión se consignarán todos estos datos
para cada uno de los titulares en el modelo «Hoja adicional».
II.
Casillero 2.

Datos del inmueble

Clase de inmueble.

Se cumplimentará según el caso con uno de los siguientes códigos:
01. Piso o chalet.
02. Local de negocio.
03. Finca rústica.
04. Solar.
06. Otros: se especificará en el modelo «Hoja adicional».
Casillero 3.

Destino.

Se indicará el destino que se prevé dar al inmueble, con uno de los siguientes
códigos:
01.
02.
03.
04.
05.

Uso propio.
Arrendamiento.
Enajenación a corto o medio plazo: hasta un máximo 3 años.
Construcción.
Otros: se especificará en el modelo «Hoja adicional».

Casillero 4.

Derecho adquirido.

01.
02.
03.
04.
05.
06.

Propiedad.
Nuda propiedad.
Usufructo.
Cuota proindivisa de un inmueble para su disfrute a tiempo parcial.
Cuota de propiedad u otro derecho.
Otros: se especificará en el modelo «Hoja adicional».

Casillero 5.

Superficie.

Suelo: Se consignará el número de metros cuadrados correspondientes al suelo.
Construcción: Se consignará el número de metros cuadrados correspondientes a la
superficie construida.

cve: BOE-A-2024-1977
Verificable en https://www.boe.es

Se indicará el derecho adquirido sobre el inmueble, con uno de los siguientes
códigos: