III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE ECONOMÍA, COMERCIO Y EMPRESA. Inversiones exteriores. (BOE-A-2024-1977)
Resolución de 31 de enero de 2024, de la Dirección General de Comercio Internacional e Inversiones, por la que se aprueban los modelos destinados a la tramitación y declaración de las inversiones extranjeras en España y de las inversiones españolas en el exterior.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 28

Jueves 1 de febrero de 2024
Casillero 6.

Sec. III. Pág. 13328

Localización.

Se consignarán los datos que permitan identificar dónde se encuentra el inmueble
adquirido: nombre de la vía pública y número y, en su caso, escalera, piso y puerta.
Asimismo, se indicarán el código postal, municipio y provincia.
En la casilla «Referencia Catastral» se consignará la correspondiente al inmueble,
que figura en el recibo del Impuesto sobre Bienes Inmuebles (IBI).
III. Datos de la inversión
Casillero 7.

Fecha de realización e importe total de la inversión.

Fecha de realización: Se cumplimentará la fecha, en el formato día/mes/año, que
figure en el documento acreditativo de la operación.
Importe total: Se consignará el importe total de la inversión.
Para las transmisiones lucrativas se consignará el valor que proceda declarar en el
Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones. Para las transmisiones onerosas, se
consignará el precio que figura en la escritura de compraventa. En los casos de cambio
de domicilio social o traslado de residencia, se consignará el precio que figura en la
escritura de compraventa, pagado por el inversor, cuando adquirió el inmueble.
Casillero 8.

Adquisición a no residentes.

En el caso de adquisición a no residentes, se indicará el número total de
transmitentes no residentes, sus apellidos y nombre o razón social, así como el código
de su país de residencia, de acuerdo con los códigos de la tabla 2. Si hubiera más de 2
transmitentes, sus datos se consignarán en el modelo «Hoja adicional».
Casillero 9.

Medios de aportación.

Código: Se indicarán los medios de aportación utilizados para la realización de la
inversión mediante uno de los códigos siguientes:

Importe: Se indicará el importe correspondiente a cada medio de aportación.
Se cumplimentará, por lo menos, una de las opciones disponibles. Si hubiera más de
tres medios de aportación, se consignarán los códigos de los dos medios por los que se
hayan aportado los importes mayores y se asignará el código 20 «Otros medios de
aportación no dineraria» el importe efectivo restante.
En todo caso, se cumplimentará la casilla «Total» con la suma de estos importes, que
coincidirá con el consignado en el casillero 7.

cve: BOE-A-2024-1977
Verificable en https://www.boe.es

01. Aportación dineraria.
11. Activos y pasivos de una empresa española.
12. Acciones y participaciones de una sociedad española.
13. Acciones, participaciones o activos de una sociedad extranjera.
17. Inmuebles sitos en España.
18. Inmuebles sitos en el extranjero.
19. Fusiones de sociedades no residentes. Se utilizará este código para
transmisiones como consecuencia de fusiones o adquisiciones entre sociedades no
residentes.
20. Otros medios de aportación no dineraria.
30. Sin aportación. Se utilizará este código cuando se trate de traslado de
residencia o cambio de domicilio social, transmisiones a título lucrativo o transmisiones
entre no residentes.