III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE LA PRESIDENCIA, JUSTICIA Y RELACIONES CON LAS CORTES. Convenios. (BOE-A-2024-1955)
Resolución de 29 de enero de 2024, de la Subsecretaría, por la que se publica el Convenio entre el Ministerio de Educación, Formación Profesional y Deportes y la Universidad Nacional de Educación a Distancia, para la realización de prácticas académicas de los títulos de Grado en Educación Infantil y Primaria y de las prácticas del Máster Universitario en Formación del Profesorado de Educación Secundaria Obligatoria y Bachillerato, Formación Profesional y Enseñanza de Idiomas en las ciudades de Ceuta y Melilla.
12 páginas totales
Página
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 28

Jueves 1 de febrero de 2024

Sec. III. Pág. 13087

prácticas, sin perjuicio de la verificación por parte del Ministerio del cumplimiento de
aquellos requisitos.
3.1.5) Ejercer de modo real, efectivo y continuo, la supervisión necesaria sobre los
estudiantes que realicen las prácticas, con la autorización y conocimiento del Servicio de
Inspección de la Dirección Provincial.
3.1.6) Velar porque los estudiantes que realicen las prácticas desarrollen su
actividad sin extralimitarse en las funciones desempeñadas respecto de la actividad
delimitada en este convenio.
3.1.7) Suscribir pólizas de seguro (de responsabilidad civil y de accidentes) en favor
de los estudiantes en prácticas, como se dispone en el apartado 6) de la cláusula
segunda.
3.1.8) La Universidad recabará de cada estudiante el compromiso de:
3.1.8.a) Aprovechar al máximo las posibilidades de aprendizaje que el centro de
prácticas le ofrezca.
3.1.8.b) Realizar las tareas que el centro de prácticas le encomiende dentro de los
objetivos establecidos en la convocatoria de las prácticas.
3.1.8.c) Respetar los órganos, reglamentos y normas del centro de prácticas.
3.1.8.d) Respetar las condiciones de calendario, horario, lugar y actividad
establecidos.
3.1.8.e) Mantenerse en contacto con el tutor de prácticas y con el tutor académico
de la UNED.
3.1.8.f) Mantener la más absoluta reserva y respetar las normas de confidencialidad
acerca de las tareas que se realicen y respecto de la información obtenida y utilizada
durante su periodo de prácticas incluso una vez que éstas hayan finalizado.
3.1.8.g) Contar con la certificación negativa del Registro Central de delincuentes
sexuales.
3.1.9) En la medida en que las prácticas se realizarán en centros educativos no
universitarios debe considerase lo dispuesto en la Ley 26/2015, de 28 de julio, de
modificación del sistema de protección a la infancia y a la adolescencia, respecto al
acceso y ejercicio de las profesiones, oficios y actividades que impliquen contacto
habitual con menores. En su virtud, se exige a los estudiantes no haber sido condenado
por sentencia firme por algún delito contra la libertad e indemnidad sexual. Con el fin de
dar cumplimiento a esta normativa y para demostrar la ausencia de antecedentes, los
estudiantes estarán obligados a presentar a la UNED el Certificado de Delitos de
Naturaleza Sexual. De no cumplirse este requisito, el estudiante no podrá realizar las
prácticas en estos centros.
3.2

Obligaciones del Ministerio de Educación, Formación Profesional y Deportes.

3.2.1) Seleccionar y reconocer los centros docentes de Ceuta y Melilla sostenidos
con fondos públicos acreditados, como centros de prácticas, así como a sus docentes
acreditados y profesores tutores de prácticas, de acuerdo con la normativa aplicable, en
particular, con la Orden ECD/1039/2017, de 24 de octubre, y la Orden EDU/2026/2010,
de 19 de julio.
3.2.2) Facilitar a la UNED la colaboración de los centros docentes citados en el
punto anterior para el desarrollo de las prácticas.
3.2.3) Aportar a los estudiantes las herramientas necesarias para realizar el trabajo
encomendado.
3.2.4) Nombrar el tutor de docencia directa responsable del programa de formación
del estudiante y de las relaciones con el tutor académico nombrado por la Universidad.
La principal misión del tutor de docencia directa consistirá en supervisar el desempeño
del estudiante, en base al proyecto formativo establecido por la Universidad.

cve: BOE-A-2024-1955
Verificable en https://www.boe.es

El Ministerio a través de sus Direcciones Provinciales en Ceuta y Melilla se
compromete a: