III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE LA PRESIDENCIA, JUSTICIA Y RELACIONES CON LAS CORTES. Convenios. (BOE-A-2024-1955)
Resolución de 29 de enero de 2024, de la Subsecretaría, por la que se publica el Convenio entre el Ministerio de Educación, Formación Profesional y Deportes y la Universidad Nacional de Educación a Distancia, para la realización de prácticas académicas de los títulos de Grado en Educación Infantil y Primaria y de las prácticas del Máster Universitario en Formación del Profesorado de Educación Secundaria Obligatoria y Bachillerato, Formación Profesional y Enseñanza de Idiomas en las ciudades de Ceuta y Melilla.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 28

Jueves 1 de febrero de 2024

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menos quince días hábiles. En todo caso, el Ministerio deberá comunicar a la UNED la
baja anticipada e indicando la razón de la misma.
2.13 De igual forma, en caso de incumplimiento injustificado por parte del Ministerio
de las condiciones particulares pactadas para el desarrollo de las prácticas, la UNED las
podrá dar por finalizadas anticipadamente.
2.14 Si alguna de las partes firmantes de este convenio o bien los estudiantes
desearan utilizar los resultados parciales o finales de su actividad en la entidad
colaboradora, en parte o en su totalidad para su publicación como artículo, conferencia,
tesis, memoria, entre otros, se solicitará la conformidad de la otra parte por escrito, quien
deberá responder en un plazo máximo de 45 días hábiles, comunicando su autorización,
sus reservas o su disconformidad. Transcurrido dicho plazo sin obtener respuesta, se
entenderá el silencio como una tácita autorización para su difusión.
3.

Régimen jurídico laboral.

Las prácticas reguladas en este convenio tienen carácter, exclusivamente académico
en base a lo dispuesto en el Real Decreto 592/2014, de 11 de julio.
La participación del Ministerio en el programa de prácticas no supone la adquisición
de más compromisos que los estipulados en este convenio. Dado el carácter formativo
de las prácticas académicas externas, no se derivarán, en ningún caso, obligaciones
propias de una relación laboral, ni su contenido podrá dar lugar a la sustitución de la
prestación laboral propia de puestos de trabajo.
En el ámbito de las Administraciones Públicas, Entidades de Derecho Público y
demás Organismos Públicos, la realización de las prácticas académicas externas no
podrá tener la consideración de mérito para el acceso a la Función Pública ni será
computada a efectos de antigüedad o reconocimiento de servicios previos.
Al amparo del apartado 4.b) de la disposición adicional quincuagésima segunda del
Real Decreto Legislativo 8/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto
refundido de la Ley General de la Seguridad Social, se establece que, le corresponde a
la UNED, como centro de formación responsable de la oferta formativa, asumir la
correspondiente cotización a la Seguridad Social de los estudiantes universitarios que
realicen prácticas formativas no remuneradas en los centros docentes de Ceuta y de
Melilla. La UNED imputará estos gastos a la aplicación presupuestaria 18CL00
322C 160.00.
Régimen económico y reconocimientos.

La realización de las prácticas no supondrá en ningún caso, la percepción de
remuneración por parte de los estudiantes, quienes asumirán los gastos de viaje, así
como el alojamiento y la manutención durante su duración.
La UNED reconocerá mediante un certificado, la condición de profesor tutor de
docencia directa a los profesionales que realicen dicha función. La labor de los tutores de
prácticas y la de los coordinadores, será reconocida por las universidades en sus
baremos de contratación y por el Ministerio como actividades de formación permanente
del profesorado, así como en los procedimientos de provisión de puestos docentes y de
promoción profesional.
Asimismo, en el caso de los tutores de docencia directa, se establece una
compensación económica a cargo de la UNED que será una cuantía fija anual máxima
en base al cumplimiento del número mínimo de estudiantes establecidos en el Anexo I,
disminuyendo la misma de manera proporcional a los estudiantes efectivamente
tutelados cada año. Del mismo modo, ofrecerá a estos profesores una serie de
contraprestaciones, tales como el acceso a los recursos bibliográficos con los que cuenta
la UNED o preferencia en la realización de distintos cursos que contribuyan a su
formación permanente (cursos de verano, cursos de idiomas, jornadas, congresos,
seminarios, entre otros.) y que organice esta Universidad en los campus de Ceuta y
Melilla.

cve: BOE-A-2024-1955
Verificable en https://www.boe.es

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