III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE LA PRESIDENCIA, JUSTICIA Y RELACIONES CON LAS CORTES. Convenios. (BOE-A-2024-1955)
Resolución de 29 de enero de 2024, de la Subsecretaría, por la que se publica el Convenio entre el Ministerio de Educación, Formación Profesional y Deportes y la Universidad Nacional de Educación a Distancia, para la realización de prácticas académicas de los títulos de Grado en Educación Infantil y Primaria y de las prácticas del Máster Universitario en Formación del Profesorado de Educación Secundaria Obligatoria y Bachillerato, Formación Profesional y Enseñanza de Idiomas en las ciudades de Ceuta y Melilla.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 28

Jueves 1 de febrero de 2024

Sec. III. Pág. 13082

Cuarto.
Que el Real Decreto 822/2021, de 28 de septiembre, por el que se establece la
organización de las enseñanzas universitarias y del procedimiento de aseguramiento de
su calidad, contempla para los estudios de Grado y de Máster, las prácticas externas
como formación integrada en los planes de estudios.
De manera concreta, el régimen de prácticas académicas externas (Prácticum) de
los estudiantes universitarios se encuentra regulado por la siguiente normativa:
a) Real Decreto 592/2014, de 11 de julio, por el que se regulan las prácticas
académicas externas de los estudiantes universitarios;
b) Orden ECD/1039/2017, de 24 de octubre, por la que se establecen el
procedimiento y la convocatoria para el reconocimiento de centros de formación en
prácticas y la acreditación de profesores tutores de prácticas de los títulos universitarios
de Grado en Educación Infantil y Grado en Educación Primaria para las ciudades de
Ceuta y Melilla;
c) Orden EDU/2026/2010, de 19 de julio, por la que se establecen los requisitos y
convocatoria para el reconocimiento de centros de prácticas y profesores tutores de los
estudiantes del Máster Universitario en Formación del Profesorado de Educación
Secundaria Obligatoria y Bachillerato, Formación Profesional y Enseñanzas de Idiomas
para las ciudades de Ceuta y Melilla.
Quinto.
Que el marco jurídico de la realización de las prácticas, se completa con las
siguientes órdenes ministeriales:
a) ECI/3854/2007, de 27 de diciembre, por la que se establecen los requisitos para
la verificación de los títulos universitarios oficiales que habiliten para el ejercicio de la
profesión de Maestro en Educación Infantil;
b) ECI/3857/2007, de 27 de diciembre, por la que se establecen los requisitos para
la verificación de los títulos universitarios oficiales que habiliten para el ejercicio de la
profesión de Maestro en Educación Primaria;
c) ECI/3858/2007, de 27 de diciembre, por la que se establecen los requisitos para
la verificación de los títulos universitarios oficiales que habiliten para el ejercicio de las
profesiones de Profesor de Educación Secundaria Obligatoria y Bachillerato, Formación
Profesional y Enseñanzas de Idiomas.
Toda vez que las prácticas académicas de dichos títulos, deben de ser orientadas y
tuteladas por profesionales de la educación en ejercicio, acreditados como tutores de
prácticas.
Sexto.

Séptimo.
Que con el fin de contribuir a la formación integral de los estudiantes de la UNED de
los Grados Universitarios que habilitan para el ejercicio de las profesiones de Maestro en
Educación Infantil y de Maestro en Educación Primaria y del Máster Universitario en
Formación del profesorado de Educación Secundaria Obligatoria y Bachillerato,

cve: BOE-A-2024-1955
Verificable en https://www.boe.es

Que los convenios entre universidades y empresas o instituciones, de acuerdo con el
Real Decreto 1791/2010, de 30 de diciembre, por el que se aprueba el Estatuto del
Estudiante Universitario, constituyen uno de los fundamentos básicos para permitir, a
través de prácticas externas, la formación integral del alumnado universitario.