III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE LA PRESIDENCIA, JUSTICIA Y RELACIONES CON LAS CORTES. Convenios. (BOE-A-2024-1955)
Resolución de 29 de enero de 2024, de la Subsecretaría, por la que se publica el Convenio entre el Ministerio de Educación, Formación Profesional y Deportes y la Universidad Nacional de Educación a Distancia, para la realización de prácticas académicas de los títulos de Grado en Educación Infantil y Primaria y de las prácticas del Máster Universitario en Formación del Profesorado de Educación Secundaria Obligatoria y Bachillerato, Formación Profesional y Enseñanza de Idiomas en las ciudades de Ceuta y Melilla.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 28

Jueves 1 de febrero de 2024

Sec. III. Pág. 13081

De otra parte, doña Rebeca de Juan Díaz, como Vicerrectora de Calidad y
Acreditación de la Universidad Nacional de Educación a Distancia, con CIF Q2818016D,
nombrada por Resolución rectoral, de 20 de diciembre de 2022, en nombre y
representación de la misma, en virtud de la delegación de competencias efectuada
mediante Resolución rectoral de 17 de enero de 2023 (BOE de 30 de enero).
Los firmantes manifiestan que intervienen con capacidad legal necesaria y
competencia suficiente, conforme a la normativa que les resulta de aplicación para
suscribir el presente convenio y, a tal efecto,
EXPONEN
Primero.
Que el Ministerio de Educación, Formación Profesional y Deportes (en adelante, el
Ministerio), conforme al Real Decreto 498/2020, de 28 de abril, por el que se desarrolla
su estructura orgánica básica, es el Departamento de la Administración General del
Estado encargado de la propuesta y ejecución de la política del Gobierno en materia
educativa y de formación profesional.
Dicho Real Decreto en su artículo 4 recoge las funciones de la Dirección General de
Planificación y Gestión Educativa, entre las que se encuentran «La coordinación y el
apoyo a las unidades periféricas del Departamento en las Ciudades de Ceuta y Melilla, la
programación y gestión de la enseñanza, la planificación de las necesidades de
infraestructura y equipamientos educativos en las Ciudades de Ceuta y Melilla».
Por todo ello, el Ministerio a través de las Direcciones Provinciales de Ceuta y Melilla
promueve, dirige y gestiona las distintas actuaciones en materia de acción educativa en
el ámbito de ambas Ciudades autónomas.
Segundo.
Que la Universidad Nacional de Educación a Distancia (en adelante, la UNED) es
una institución de Derecho Público, dotada de personalidad y plena autonomía de
conformidad con el artículo 1 del Real Decreto 1239/2011, de 8 de septiembre por el que
se aprueban los Estatutos de la Universidad Nacional de Educación a Distancia. Entre
las funciones generales de la UNED que recoge la citada norma, el artículo 7.1 prevé «la
enseñanza, el estudio, la investigación y la transferencia del conocimiento, en orden al
pleno desarrollo científico, cultural, artístico y técnico de la sociedad».
En efecto, la UNED contempla entre sus fines, acercar la formación universitaria a la
realidad social y profesional a través del establecimiento de relaciones con las
instituciones públicas para la puesta en práctica de los conocimientos adquiridos durante
dicha formación.

Que la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación, dedica su artículo 100 a la
formación inicial del profesorado y establece que su contenido garantizará la
capacitación adecuada para afrontar los retos del sistema educativo y adaptar las
enseñanzas a las nuevas necesidades formativas. Igualmente, determina que, para
ejercer la docencia en las diferentes enseñanzas reguladas en la Ley, será necesario
estar en posesión de las titulaciones académicas correspondientes y tener la formación
pedagógica y didáctica que el Gobierno establezca para cada enseñanza.
Asimismo, la mencionada Ley, en su artículo 100.3, indica que corresponde a las
Administraciones educativas establecer los convenios oportunos con las universidades
para la organización de la formación pedagógica y didáctica.

cve: BOE-A-2024-1955
Verificable en https://www.boe.es

Tercero.