III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE LA PRESIDENCIA, JUSTICIA Y RELACIONES CON LAS CORTES. Convenios. (BOE-A-2024-1953)
Resolución de 29 de enero de 2024, de la Subsecretaría, por la que se publica el Convenio entre el Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación y la Fundación EOI, F.S.P., para las intervenciones de transferencia de conocimientos y actividades de formación e información y de servicios de asesoramiento previstas en el Plan Estratégico de la PAC (2023-2027).
11 páginas totales
Página
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 28

Jueves 1 de febrero de 2024

Sec. III. Pág. 13065

científicas y técnicas, fundamentalmente en los ámbitos de la industria, el medio
ambiente, la innovación, las nuevas tecnologías, la pequeña y mediana empresa, la
propiedad industrial, la economía y la prospectiva sobre la evolución de la ciencia y la
tecnología y su impacto e influencia en el sector productivo y en la sociedad. Entre sus
fines específicos se mencionan:
– Promover la formación de empresarios, directivos y técnicos como herramienta
estratégica de la empresa especialmente en el campo de las tecnologías.
– Apoyar las iniciativas de impulso a la investigación científica, desarrollo e
innovación tecnológica (I+D+i) y a la transferencia de las tecnologías, contribuyendo a su
implantación y desarrollo en las empresas, especialmente en las pequeñas y medianas
empresas.
– Colaborar activamente con la política del Gobierno en materia de desarrollo e
innovación industrial, política de la pequeña y mediana empresa, energética y
medioambiental, de telecomunicaciones, de propiedad industrial y de desarrollo de la
sociedad de la información, promoviendo y desarrollando en dicho ámbito actividades
formativas y la realización de estudios e investigaciones.
– Colaborar activamente con la política del Gobierno en la ejecución de los
Programas Operativos u otros instrumentos de actuación de la Unión Europea.
Cuarto.
Ante el volumen y especificidad de las convocatorias de estas ayudas y la
singularidad y especificidad de las actuaciones derivadas de ellas, que es necesario para
facilitar la puesta en marcha de las intervenciones 7201 y 7202 del PEPAC (2023-2027),
y con el fin de realizar algunas de las actuaciones del procedimiento de concesión de
subvenciones, en especial la evaluación técnica, se procede la formalización del
presente Convenio con la EOI.

El presente Convenio se plantea para la gestión y evaluación técnica de las
intervenciones supra-autonómicas 7201 y 7202 enmarcadas en el PEPAC dentro del
período de programación 2023-2027, y se realiza de conformidad con el capítulo VI del
título preliminar de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector
Público, en el que se regulan los convenios (artículos 47 y siguientes).
La formalización de este Convenio se justifica en la mejora de la eficacia de la
gestión pública, contribuyendo a la realización de actividades de utilidad pública y
cumpliendo a su vez con la legislación de estabilidad presupuestaria y sostenibilidad
financiera, tal y como se indica en el artículo 48.3 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de
Régimen Jurídico del Sector Público.
El MAPA tiene capacidad financiera para asumir a través de su presupuesto de
gastos, los compromisos económicos con la EOI derivados de la suscripción de este
convenio.
El presente Convenio regula las condiciones, funciones y obligaciones asumidas por
cada una de las partes, MAPA y EOI en la gestión de las intervenciones 7201 y 7202 del
PEPAC (2023-2027) cuyo contenido mínimo se ajusta a lo establecido en el artículo 49
de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público.
Este Convenio no supone cambio de la titularidad de las competencias que sobre la
materia corresponden al MAPA, y que se derivan del objeto del presente convenio.

cve: BOE-A-2024-1953
Verificable en https://www.boe.es

Quinto.