III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE LA PRESIDENCIA, JUSTICIA Y RELACIONES CON LAS CORTES. Convenios. (BOE-A-2024-1953)
Resolución de 29 de enero de 2024, de la Subsecretaría, por la que se publica el Convenio entre el Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación y la Fundación EOI, F.S.P., para las intervenciones de transferencia de conocimientos y actividades de formación e información y de servicios de asesoramiento previstas en el Plan Estratégico de la PAC (2023-2027).
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 28

Jueves 1 de febrero de 2024

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en el sector agroalimentario y en el emprendimiento rural y la coordinación con otros
departamentos.
– Ejercer las funciones del Departamento en materia de organización,
fortalecimiento, coordinación y dinamización de los sistemas de asesoramiento,
formación y transferencia del conocimiento e información en los sectores agroganadero,
alimentario y de desarrollo rural, así como la puesta en marcha y mantenimiento de los
instrumentos necesarios a escala nacional para cumplir estos objetivos.
– La coordinación e interlocución con los departamentos y autoridades competentes
en materia de formación y con el mundo científico y del conocimiento para contribuir a
las necesidades formativas y de asesoramiento del sector agroalimentario y del medio
rural, en el ámbito de las competencias del Departamento.
– El diseño, puesta en práctica y gestión de líneas de ayudas destinadas a la
formación, transferencia de conocimiento y asesoramiento e información en los sectores
agroganadero, alimentario y de desarrollo y emprendimiento rural en el ámbito de las
competencias del Departamento.
Dichas funciones se realizan en la Subdirección General de Innovación y
Digitalización (en adelante SGID). Además, la Autoridad de gestión del Plan Estratégico
de la PAC, recae en la Secretaría General de Agricultura y Alimentación, en los términos
del artículo 123 del Reglamento (UE) 2021/2115 del Parlamento Europeo y del Consejo
de 2 de diciembre de 2021. A estos efectos, ejercerá sus funciones a través de la
Subdirección General de Planificación de Políticas Agrarias, que actuará en coordinación
con los órganos directivos de la Secretaría General de Agricultura y Alimentación.
Por otra parte, la DGDRIFA, ya ha gestionado unas ayudas similares en el marco del
Programa Nacional de Desarrollo Rural (en adelante PNDR) 2014-2022: las ayudas del
paquete de digitalización, reguladas por el Real Decreto 113/2022, de 8 de febrero, por el
que se establecen las bases reguladoras de las subvenciones para el fomento de
acciones de transferencia de conocimientos e información y adquisición de competencias
en digitalización, y para el asesoramiento, gestión y sustitución, destinadas al sector
agroalimentario, en el marco del PNDR 2014-2020, y se aprueba su convocatoria para
los ejercicios 2022 y 2023.
Y, para estas ayudas de las intervenciones 7201 y 7202 enmarcadas en el PEPAC, el
Fondo Español de Garantía Agraria O.A. (en adelante FEGA) llevará a cabo la función
de órgano concedente y pagador de las ayudas y la DGDRIFA del Ministerio de
Agricultura, Pesca y Alimentación, se encargará de la instrucción del procedimiento en
los términos previstos por el artículo 23 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre.
Además, corresponde a la Presidencia del FEGA el otorgamiento de las
subvenciones, así como la resolución del procedimiento.
La base normativa de estas ayudas de las intervenciones mencionadas se
compondrá de unas bases reguladoras que regulará conjuntamente ambas
intervenciones supra-autonómicas, la 7201 y la 7202, y de dos convocatorias, una para
la intervención 7201 y otra para la intervención 7202.

La Fundación EOI, F.S.P. es una fundación del sector público estatal tutelada por la
Secretaría General de Industria y de la Pequeña y Mediana Empresa, del Ministerio de
Industria, Comercio y Turismo (MINCOTUR), conforme al artículo 6, apartado 6 del Real
Decreto 998/2018, de 3 de agosto, por el que se desarrolla la estructura orgánica básica
del MINCOTUR. Se rige por sus Estatutos, por la Ley 50/2002, de 26 de diciembre, de
Fundaciones, por el Real Decreto 1337/2005, de 11 de noviembre, por el que se aprueba
el Reglamento de las Fundaciones de Competencia Estatal y por el resto de las
disposiciones legales de derecho administrativo, civil, mercantil y laboral que sean de
aplicación o disposición que pueden sustituirlas en su vigencia.
Conforme al artículo 6 de sus Estatutos, la fundación de modo general persigue
potenciar la formación y la realización y promoción de estudios e investigaciones

cve: BOE-A-2024-1953
Verificable en https://www.boe.es

Tercero.