II. Autoridades y personal. - B. Oposiciones y concursos. MINISTERIO DE HACIENDA. Cuerpo Ejecutivo del Servicio de Vigilancia Aduanera. (BOE-A-2024-1800)
Resolución de 23 de enero de 2024, de la Presidencia de la Agencia Estatal de Administración Tributaria, por la que se convoca proceso selectivo para ingreso, por el sistema general de acceso libre y promoción interna, en el Cuerpo Ejecutivo del Servicio de Vigilancia Aduanera, especialidades de Investigación, Navegación, Propulsión y Comunicaciones.
54 páginas totales
Página
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Miércoles 31 de enero de 2024

Sec. II.B. Pág. 12320

La falta de justificación del abono de las tasas por derechos de examen o de
encontrarse exento del pago determinará la exclusión del aspirante.
En ningún caso el pago de la tasa de derechos de examen supondrá la sustitución
del trámite de presentación, en tiempo y forma, de la solicitud.
No procederá la devolución de la tasa por derechos de examen en los supuestos de
exclusión de las pruebas selectivas por causa imputable al interesado. En aquellos casos
en que, con arreglo a lo dispuesto en la normativa vigente, proceda la devolución, se
seguirá el procedimiento establecido en la citada Resolución de 21 de septiembre
de 2012, de la Dirección General de la Agencia Tributaria.
5.5 En los supuestos que se señalan a continuación, los aspirantes deberán anexar
a la solicitud de inscripción, dentro del plazo de presentación de solicitudes, la
documentación adicional que corresponda en los siguientes casos:
a) Comprobante bancario de haber ingresado los derechos de examen, en el caso
de que la solicitud se suscriba en el extranjero.
b) En su caso, la documentación que justifique la exención total o parcial del pago
de tasas de conformidad con lo dispuesto en la base 5.4.
c) La documentación prevista en el apartado decimotercero de la Orden
HFP/688/2017, de 20 de julio, para los aspirantes que tengan la condición de
funcionarios españoles de Organismos Internacionales.
d) Sentencia judicial firme o resolución administrativa que acredite la condición de
víctima del terrorismo, y, en su caso, la documentación que pruebe la relación de
parentesco o convivencia con la víctima que da derecho a la exención del pago de la
tasa.
5.6 La documentación complementaria podrá anexarse a la solicitud de inscripción
telemática (modelo 791), dentro del plazo de presentación de solicitudes. También se
podrá presentar, dentro de ese mismo plazo, a través de la dirección de Internet: https://
sede.agenciatributaria.gob.es/Sede/trabajar-agencia-tributaria/gestiones-trabajaraeat.html (Aportar documentación complementaria) y a través del siguiente enlace
https://sede.agenciatributaria.gob.es/Sede/procedimientoini/B201.shtml.
5.7 Las personas aspirantes que, por aplicación de lo previsto en la convocatoria o
convocatorias anteriores, estuvieran exentas de realizar los ejercicios que tuvieran
reservados, deberán manifestar expresamente en la solicitud su derecho a reserva de
los mismos, de acuerdo con las instrucciones señaladas en esta convocatoria.
5.8 Los errores de hecho, materiales o aritméticos, que pudieran advertirse en la
solicitud, podrán subsanarse en cualquier momento de oficio o a petición del interesado.
5.9 En el caso de que se produzca alguna incidencia técnica durante el proceso de
inscripción deberán comunicarla a través del siguiente enlace: Comunicar incidencia
(agenciatributaria.gob.es) o consultar la información y ayuda incluida en el siguiente
enlace: Agencia Tributaria: Modelo 791. Empleo Público. Presentación instancias
oposiciones.
5.10 La no presentación de la solicitud en tiempo y forma supondrá la inadmisión
de la persona aspirante.
6.

Tribunal

6.1 El Tribunal calificador del proceso selectivo es el que figura en el anexo IV.
Se publicará un breve currículum profesional de las personas que formen parte del
tribunal en la sede electrónica de la Agencia Estatal de Administración Tributaria
(Agencia Tributaria: Trabajar en la Agencia Tributaria).
6.2 El Tribunal velará, de acuerdo con lo previsto en el artículo 14 de la
Constitución Española, por el cumplimiento del principio de igualdad de oportunidades
entre ambos sexos.

cve: BOE-A-2024-1800
Verificable en https://www.boe.es

Núm. 27