I. Disposiciones generales. MINISTERIO DE HACIENDA. Procedimientos tributarios. (BOE-A-2024-1771)
Real Decreto 117/2024, de 30 de enero, por el que se desarrollan las normas y los procedimientos de diligencia debida en el ámbito del intercambio automático obligatorio de información comunicada por los operadores de plataformas, y se modifican el Reglamento General de las actuaciones y los procedimientos de gestión e inspección tributaria y de desarrollo de las normas comunes de los procedimientos de aplicación de los tributos, aprobado por el Real Decreto 1065/2007, de 27 de julio, en transposición de la Directiva (UE) 2021/514 del Consejo de 22 de marzo de 2021 por la que se modifica la Directiva 2011/16/UE relativa a la cooperación administrativa en el ámbito de la fiscalidad, y otras normas tributarias.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Miércoles 31 de enero de 2024

Sec. I. Pág. 11710

gestión e inspección tributaria y de desarrollo de las normas comunes de los
procedimientos de aplicación de los tributos, aprobado Real Decreto 1065/2007, de 27
de julio, se deberá presentar en el plazo de dos meses siguientes a partir de la entrada
en vigor de la orden ministerial reguladora del modelo, respecto de la información relativa
al año inmediato anterior.
c) Las primeras declaraciones censales relativas a la comunicación de la
información prevista en el apartado dos de la disposición final primera, y a la solicitud de
rehabilitación del número de identificación fiscal a que se refiere el apartado cinco de la
misma disposición final, se deberán presentar a partir de la entrada en vigor de la orden
ministerial aprobada por la persona titular del Ministerio de Hacienda por la que se
aprueben los correspondientes modelos de declaración.
d) El apartado doce de la disposición final primera, así como las disposiciones
finales tercera, cuarta, quinta, sexta y séptima entrarán en vigor cuando lo haga la orden
ministerial aprobada por la persona titular del Ministerio de Hacienda por la que se
aprueben los correspondientes modelos de declaración.
Dado en Madrid, el 30 de enero de 2024.
FELIPE R.
La Vicepresidenta Primera del Gobierno
y Ministra de Hacienda,
MARÍA JESÚS MONTERO CUADRADO

cve: BOE-A-2024-1771
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Núm. 27