III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE INDUSTRIA Y TURISMO. Ayudas. (BOE-A-2024-1753)
Resolución de 29 de diciembre de 2023, de la Secretaría de Estado de Turismo, por la que se publica el Acuerdo de la Conferencia Sectorial de Turismo de 21 de diciembre de 2021, modificado por Acuerdo de 29 de diciembre de 2023, por el que se fijan los criterios de distribución, así como el reparto resultante para las comunidades autónomas, del crédito destinado a la financiación de actuaciones de inversión por parte de entidades locales en el marco del Componente 14 Inversión 1 del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 26

Martes 30 de enero de 2024

Sec. III. Pág. 11506

Requisitos de las actuaciones financiables: Las actuaciones financiables incluidas en
ambas líneas de inversión deberán cumplir la finalidad, criterios, plazos, objetivos e hitos
incluidos en la Decisión de Implementación del Consejo.
Los beneficiarios de las inversiones estarán obligados a crear en España todo el
empleo necesario para la realización de la actividad, que se realizará con personal
contratado y afiliado a la Seguridad Social en el territorio nacional. El cumplimiento de
este requisito tendrá que justificarse documentalmente.
En lo referente a los objetivos de soberanía digital y autonomía estratégica de la UE,
entre las actuaciones que se recogen en los planes se encuentran varias que
contribuyen al cumplimiento del Eje 3 del PRTR. Actuaciones en el ámbito de la
transición digital. Las actuaciones elegibles dentro de los planes incluyen, entre otras:
– Comunicación y acceso de recursos y servicios al turista en destino tales como
plataformas, webs, apps o herramientas digitales al servicio de la inspiración, promoción
y/o comercialización turística.
– Desarrollo de plataformas y sistemas de inteligencia turística en destino, que
integren soluciones de Big Data y de Inteligencia Artificial.
Se adquiere, además, el compromiso de adquisición preferente de tecnología
europea en el desarrollo de los planes, respetando, en todo caso, la normativa nacional e
internacional en materia de política comercial.
Más específicamente, las actuaciones estarán referidas a los tipos de actuaciones
que se incluyan en los Planes Territoriales de Sostenibilidad Turística, según lo
establecido en el apartado 6 de la Estrategia de Sostenibilidad Turística en Destinos.
Según el citado apartado, las actuaciones elegibles se enmarcan en los cuatro ejes de
actuación relacionados con el PRTR y son las siguientes (enumeración no exhaustiva):
Eje 1. Actuaciones en el ámbito de la transición verde y sostenible: Este eje
comprende actuaciones de restauración ambiental, gestión de espacios naturales,
acciones de implantación de economía circular, rehabilitación sostenible de edificios y
actuaciones de adaptación al cambio climático:







Restauración ambiental.
Adaptación al cambio climático del destino y sus infraestructuras.
Implantación de medidas de economía circular en servicios públicos.
Gestión del uso público en espacios naturales.
Puesta en valor de servicios ecosistémicos.
Infraestructura ciclista y adecuación de itinerarios no motorizados.

Eje 2. Actuaciones de mejora de la eficiencia energética: Comprende actuaciones
de eficiencia energética incluyendo las de mitigación del cambio climático actuaciones
orientadas a la reducción de la energía requerida para proporcionar productos y servicios
turísticos, limitando la contaminación por carbono y estimulando la transición hacia
energías renovables, así como actuaciones de movilidad sostenible:

Eje 3. Actuaciones en el ámbito de la transición digital: Comprende todas aquellas
actuaciones que faciliten la mejora continua de los procesos incluidos en la cadena de
valor turística mediante el uso de la tecnología:
– Comunicación y acceso de recursos y servicios al turista en destino.
– Gestión del impacto que genera el turismo en el destino:
● Desarrollo de plataformas y sistemas de inteligencia turística en destino, que
integren soluciones de Big Data y de Inteligencia Artificial.

cve: BOE-A-2024-1753
Verificable en https://www.boe.es

– Mitigación del cambio climático.
– Descarbonización.
– Movilidad sostenible.