I. Disposiciones generales. COMUNIDAD FORAL DE NAVARRA. Medidas tributarias. (BOE-A-2024-1694)
Ley Foral 22/2023, de 26 de diciembre, de modificación de diversos impuestos y otras medidas tributarias.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Martes 30 de enero de 2024

Sec. I. Pág. 11159

Se adaptan también las tasas por actuaciones de los Registros de Asociaciones, de
Fundaciones y de Colegios profesionales a las competencias de los citados registros
eliminando la referencia a la habilitación de libros, y excluyendo de la tarifa las
inscripciones de cambio de domicilio.
La evolución de las nuevas tecnologías afecta al mundo de la cartografía y en la
actualidad no hay demanda de ejemplares realizados mediante impresión, y tampoco de
CD y DVD. Por todo ello, se eliminan las tasas por algunos productos y las
correspondientes tarifas, y se añaden otras nuevas. Las tarifas propuestas están en
concordancia con las de otras administraciones. Teniendo en cuenta que estos productos
deben de elaborarse por necesidad de la Administración, se trata de establecer unas
tasas que faciliten la difusión de los productos, a efectos de obtener de los mismos la
máxima utilidad social, y se ajusten a los gastos imputables a la reproducción de las
copias (digitales o analógicas).
Se aumentan algunas tarifas de la tasa por el permiso de pesca en cotos, que no se
han modificado en los últimos veinte años. El incremento de los costes de personal
supone un aumento del coste del servicio a lo largo de los años, a lo que hay que añadir
la reducción de usuarios del servicio y por ello de los pases expedidos por día de pesca,
lo que obliga a repartir los costes fijos generales entre un menor número de pases, con
el consiguiente aumento del coste por pase. Con base en todo ello, se aumentan las
tarifas relativas a la modalidad de captura y suelta, extracción controlada de cangrejos y
la tarifa reducida.
Finalmente, se elimina la licencia para 5 años en la tasa por la licencia de pesca
continental.
En la Ley Foral de Haciendas Locales de Navarra se actualizan los coeficientes
máximos a aplicar, a partir de 1 de enero de 2024, para determinar la base imponible del
Impuesto sobre el Incremento del Valor de los Terrenos de Naturaleza Urbana, recogidos
en el artículo 175.2. De acuerdo con lo dispuesto en la Ley Foral de Haciendas Locales,
dichos coeficientes deben ser actualizados anualmente.
Finalmente, se modifica la disposición adicional cuarta de la Ley Foral 12/2006 del
Registro de la Riqueza Territorial y de los Catastros de Navarra para regular el acceso a
través de internet de la información del Archivo Histórico de la Riqueza Territorial.
La disposición adicional única recoge unos incentivos fiscales específicos, que se
aplicarán en 2024 y en 2025, por la participación en la financiación de los programas y
actividades relacionados con el acontecimiento de excepcional interés público «Año de
Investigación Santiago Ramón y Cajal 2022». Así, quienes realicen aportaciones a los
programas y actividades aprobados por el órgano colegiado interministerial creado por la
Orden PCM/742/2022, de 31 de julio, gestor del «AEIP, Año de Investigación Santiago
Ramón y Cajal 2022», podrán aplicar los incentivos previstos para el mecenazgo cultural
en el texto refundido de las disposiciones del régimen tributario especial de las
fundaciones y otras entidades sin fines lucrativos y de los incentivos fiscales al
mecenazgo. Además, si dichos programas y actividades se realizan por entidades sin
fines lucrativos que apliquen el régimen tributario previsto en el título I del citado texto
refundido o un régimen tributario equivalente en otra Administración tributaria, tendrán la
consideración de prioritarios, elevándose en cinco puntos porcentuales los porcentajes y
límites de las deducciones aplicables.
La disposición final primera actualiza, con efectos a partir de 1 de enero de 2024, las
tarifas del canon de saneamiento establecidas en la Ley Foral de Saneamiento de las
Aguas Residuales de Navarra. El Plan Director de Saneamiento de los Ríos de Navarra,
integrado en el Plan Director del Ciclo Integral del Agua de Uso Urbano, ha entrado en
un nuevo ciclo en cuanto a su situación económico-financiera. El incremento de tarifas se
plantea en la búsqueda progresiva del equilibrio a largo plazo del Plan Director.
Tanto los costes operativos, con especial incidencia del coste de la energía eléctrica,
como el coste de las obras a promover, han experimentado un incremento de más de un
treinta por ciento en los últimos ejercicios. Todo ello en un contexto de aumento del
volumen de inversiones a promover en el marco del Plan de Inversiones 2023-2029.

cve: BOE-A-2024-1694
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Núm. 26