I. Disposiciones generales. COMUNIDAD FORAL DE NAVARRA. Medidas tributarias. (BOE-A-2024-1694)
Ley Foral 22/2023, de 26 de diciembre, de modificación de diversos impuestos y otras medidas tributarias.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Martes 30 de enero de 2024

Sec. I. Pág. 11187

Artículo décimo. Ley Foral de Haciendas Locales de Navarra.
Con efectos a partir de 1 de enero de 2024, los coeficientes máximos establecidos en
el artículo 175.2 de la Ley Foral 2/1995, de 10 de marzo, de Haciendas Locales de
Navarra, serán los siguientes:
«Coeficiente

Periodo de generación

0,38

Igual o superior a 20 años

0,16

19 años

0,10

18 años

0,06

17 años

0,06

16 años

0,08

15 años

0,20

14 años

0,20

13 años

0,25

12 años

0,32

11 años

0,37

10 años

0,50

9 años

0,54

8 años

0,48

7 años

0,42

6 años

0,36

5 años

0,30

4 años

0,32

3 años

0,30

2 años

0,20

1 año

0,06

Inferior a 1 año»

Artículo undécimo. Ley Foral del Registro de la Riqueza Territorial y de los Catastros
de Navarra.
La disposición adicional cuarta de la Ley Foral 12/2006, de 21 de noviembre, del
Registro de la Riqueza Territorial y de los Catastros de Navarra quedará redactada del
siguiente modo:
«Disposición adicional cuarta.

Acceso a la información catastral no vigente.

1. Se crea el Archivo Histórico de la Riqueza Territorial de Navarra
dependiente del Servicio de Riqueza Territorial, que estará integrado por el
conjunto de la información catastral no vigente que no forme parte del Registro de
la Riqueza Territorial de Navarra.
La Hacienda Foral de Navarra creará cuantas bases de datos resulten
necesarias, a los exclusivos efectos de garantizar la disponibilidad o acceso
público de la información obrante en el Archivo Histórico, disponiéndose su acceso
a través de Internet.

cve: BOE-A-2024-1694
Verificable en https://www.boe.es

Núm. 26