I. Disposiciones generales. COMUNIDAD FORAL DE NAVARRA. Medidas tributarias. (BOE-A-2024-1694)
Ley Foral 22/2023, de 26 de diciembre, de modificación de diversos impuestos y otras medidas tributarias.
37 páginas totales
Página
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 26

Martes 30 de enero de 2024

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Sec. I. Pág. 11186

Euros

7.º

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6,45

8.º

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8,60

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Escaneo en PDF/JPG (Sin copia en papel).

2,00

c)

Cartografía Digital:
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1.

Euros

CD Mapa Geotécnico de Pamplona 1:25.000 y Memoria (PDF).

10,75

2. Por repositorio Web, conteniendo solicitud de archivos hasta 2 Gb,
distintos formatos.

5,00

3.

USB 2GB a 8 GB.

10,00

4.

USB más de 8GB.

15,00»

Cuatro.

Artículo 34.4.

«4.

Tarifas.

El importe de las tarifas relativas a la tasa por permisos de pesca en cotos,
cuya titularidad sea de la Administración de la Comunidad Foral de Navarra, será:
Euros

Tarifa 1.

En cotos naturales de trucha, modalidad captura y suelta.

10,00

Tarifa 2.

En cotos naturales de trucha, modalidad extractiva.

12,00

Tarifa 3.

En cotos intensivos de trucha, modalidad captura y suelta.

10,00

Tarifa 4.

En cotos intensivos de trucha, modalidad extractiva.

12,00

Tarifa 5.

En tramos de extracción controlada de cangrejos exóticos.

10,00

Tarifa 6.

Tarifa reducida.

8,00

Podrán ser beneficiarios de la tarifa reducida las personas físicas que, por sus
circunstancias sociales, determine el departamento competente en materia de
desarrollo rural y medioambiente».
Artículo 35.3 y 4.
«3.

Devengo.

La tasa se devengará y será exigible en el momento en que se soliciten las
licencias, que tendrán un periodo de validez de un año.
4.

Tarifas.

La tarifa será de 12 euros por licencia».

cve: BOE-A-2024-1694
Verificable en https://www.boe.es

Cinco.