I. Disposiciones generales. COMUNIDAD FORAL DE NAVARRA. Medidas tributarias. (BOE-A-2024-1694)
Ley Foral 22/2023, de 26 de diciembre, de modificación de diversos impuestos y otras medidas tributarias.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 26

Martes 30 de enero de 2024
Veintisiete.
de 2023.

Sec. I. Pág. 11172

Disposición adicional sexagésima, con efectos a partir de 1 de enero

«Disposición adicional sexagésima. Línea directa de ayuda a personas físicas de
bajo nivel de ingresos y patrimonio.
Estará exenta del Impuesto la ayuda en pago único de 200 euros regulada en
el artículo 74 del Real Decreto-ley 20/2022, de 27 de diciembre, de medidas de
respuesta a las consecuencias económicas y sociales de la Guerra de Ucrania y
de apoyo a la reconstrucción de la isla de La Palma y a otras situaciones de
vulnerabilidad».
Veintiocho. Disposición adicional sexagésima primera, con efectos a partir de 1 de
enero de 2023.
«Disposición adicional sexagésima primera.
deudor en procedimientos concursales.

Exención de rentas obtenidas por el

Estarán exentas de este Impuesto, siempre que las deudas no deriven del
ejercicio de actividades económicas, las rentas obtenidas por los deudores que se
pongan de manifiesto como consecuencia de quitas y daciones en pago de
deudas, establecidas en un convenio aprobado judicialmente, en un plan de
reestructuración judicialmente homologado, en un acuerdo extrajudicial de pagos o
como consecuencia de exoneraciones del pasivo insatisfecho, todo ello conforme
a lo establecido en el texto refundido de la Ley Concursal aprobado por Real
Decreto Legislativo 1/2020, de 5 de mayo».
Veintinueve.
enero de 2024.

Disposición adicional sexagésima cuarta, con efectos a partir de 1 de

«Disposición adicional sexagésima cuarta. Deducción para facilitar el acceso a
una vivienda en régimen de alquiler durante 2024.
Durante el año 2024, podrán optar a la deducción por arrendamiento para
emancipación prevista en el artículo 68 quinquies.A, las personas empadronadas
en Navarra que, cumpliendo el resto de requisitos exigidos para ser beneficiarias
de la misma, excepto el relativo a la edad, consten inscritas a 1 de enero de 2024,
o fecha posterior, como demandantes de empleo en situación de desempleo.
La concesión de la deducción se realizará hasta el 31 de diciembre de 2024».
Treinta. Disposición adicional sexagésima sexta, con efectos a partir de 1 de enero
de 2023.
«Disposición adicional sexagésima sexta.
familiares aplicables en 2023.

Deducción por mínimos personales y

En el año 2023, las deducciones personales y familiares serán las siguientes:

La deducción por mínimo personal será con carácter general de 1.052 euros
anuales por sujeto pasivo. Este importe se incrementará en las siguientes
cantidades:
a’) 256 euros para los sujetos pasivos que tengan una edad igual o superior
a sesenta y cinco años. Dicho importe será de 568 euros cuando el sujeto pasivo
tenga una edad igual o superior a setenta y cinco años.

cve: BOE-A-2024-1694
Verificable en https://www.boe.es

a) Por mínimo personal: