III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE EDUCACIÓN, FORMACIÓN PROFESIONAL Y DEPORTES. Convenios. (BOE-A-2024-1660)
Resolución de 22 de enero de 2024, de la Secretaría General Técnica, por la que se publica el Convenio con la Fundación Vodafone España, para llevar a cabo el proyecto "DigiCraft en tu cole" en los centros de Educación Primaria de las Ciudades de Ceuta y Melilla.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 25

Lunes 29 de enero de 2024

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3. Las obligaciones de confidencialidad establecidas en esta cláusula estarán en
vigor mientras dure la relación entre las Partes, así como durante los cinco años
siguientes, sin perjuicio de las que dimanen de la regulación en materia de transparencia
y que fueran de aplicación.
Decimotercera.

Cesión.

Los derechos y obligaciones asumidas en este convenio por cada una de las Partes no
podrán ser cedidos a terceros sin el consentimiento previo y por escrito de la otra Parte.
La Fundación Vodafone se reserva el derecho de cesión de este convenio al resto de
organizaciones de Vodafone Group Foundation.
Decimocuarta.

Protección a menores.

Las Partes se comprometen a que el personal, sea propio o externo, que intervenga
en la ejecución de este convenio, cumpla con lo dispuesto en el artículo 57.1 de la Ley
Orgánica 8/2021, de 4 de junio, de protección integral a la infancia y la adolescencia ante
la violencia, en particular con el requisito de no haber sido condenado por sentencia
firme por cualquier delito contra la libertad sexual tipificados en el título VIII de la Ley
Orgánica 10/1995, de 23 de noviembre, del Código Penal, así como por cualquier delito
de tráfico de seres humanos tipificado en el título VII bis del referido Código. Esta
circunstancia deberá acreditarse mediante la certificación negativa del Registro Central
de Delincuentes Sexuales.
Decimoquinta.

Inexistencia de relación laboral.

La suscripción de este convenio no implicará relación laboral, contractual o de
cualquier otro tipo entre los profesionales que realicen las actividades objeto del mismo.
Decimosexta.

Comunicaciones entre las Partes.

Las comunicaciones de carácter formal entre las Partes deberán efectuarse siempre
por escrito a través de correo ordinario, correo electrónico, correo privado (mensajería)
y/o certificado, siempre que dichos medios permitan obtener un comprobante de la
recepción por parte del destinatario.
Las comunicaciones y notificaciones de carácter formal entre las Partes deberán ser
remitidas a las direcciones y a la atención de las personas que se indican a continuación:
Ministerio de Educación, Formación Profesional y Deportes:
Directora General de Planificación y Gestión Educativa.
E-mail: dg.plangesedu@educacion.gob.es.
Fundación Vodafone:

Decimoséptima.

Derecho de imagen.

Si con ocasión de la ejecución de este convenio se realizaran filmaciones y/o
fotografías, utilizando cualquiera de los medios técnicos conocidos en la actualidad y los
que pudieran desarrollarse en el futuro, las Partes solicitarán la autorización formal de
las personas que pudieran verse involucradas o de sus representantes legales, si así
fuera el caso, para la posible utilización de su imagen dentro de las actividades de
difusión, ya sea a través de páginas web o de cualquier otro medio de comunicación.

cve: BOE-A-2024-1660
Verificable en https://www.boe.es

Directora de Educación Digital.
Dirección: Avenida de América 115, 28042 Madrid.
Teléfono: +34 607 13 33 33.
E-mail: infofve@vodafone.com.