III. Otras disposiciones. MINISTERIO PARA LA TRANSICIÓN ECOLÓGICA Y EL RETO DEMOGRÁFICO. Impacto ambiental. (BOE-A-2024-1665)
Resolución de 22 de enero de 2024, de la Dirección General de Calidad y Evaluación Ambiental, por la que se formula informe de impacto ambiental del proyecto "Actuaciones de corrección hidrológica y laminación en la rambla de Cobatillas, en Murcia y San Javier, (Murcia)".
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 25

Lunes 29 de enero de 2024
5.

Sec. III. Pág. 10928

Fauna.

El documento ambiental incluye un inventario de fauna basado en recopilación
bibliográfica y visitas de campo. Destaca la observación de un total de 4 ejemplares
juveniles de águila perdicera (Aquila fasciata) incluido como vulnerable en el Catálogo
Español de Especies Amenazadas, catalogada como en peligro en la Ley de Fauna,
de 21 de abril, de la fauna silvestre, caza y pesca fluvial de la Región de Murcia (LFM) y
dos ejemplares de búho real (Bubo bubo) incluido en el Listado Español de Especies
Silvestres en Régimen de Protección Especial y catalogada de interés especial en la
LFM. Se encontró también un posadero de búho real con un ejemplar que fue observado
dos días seguidos, así como restos que confirmaban la presencia de la especie.
En el Decreto 59/2016, de 22 de junio, de aprobación de los planes de recuperación
del águila perdicera, la nutria y el fartet, de la Región de Murcia, se define el área
principal de dispersión juvenil de la especie águila perdicera y esta se localiza en la
ZEPA de Monte El Valle y Sierras de Altaona y Escalona, en su porción central y oriental,
desde la carretera del Puerto del Garruchal hasta los límites de la ZEPA con la provincia
de Alicante, considerada de importancia nacional e internacional. La superficie que
abarca esta área de dispersión es de 9.219,08 ha. La observación de los 4 ejemplares
juveniles de águila perdicera, durante las visitas de campo, concuerda con lo establecido
en el decreto arriba mencionado.
Respecto al resto de especies de vertebrados terrestres, destaca la gran abundancia
de conejos, recurso trófico que favorece la nutrida población de búho real y que
condiciona la existencia de un área de dispersión de águila perdicera.
El promotor indica que los barrancos de la zona del proyecto constituyen unos
excelentes corredores ecológicos, dotados de vegetación natural bien conservada y en
avanzado estado evolutivo. Aunque la presencia de los diques propuestos en el proyecto
puede suponer un obstáculo para los vertebrados terrestres, los drenajes de la parte
inferior actúan a modo de pasos de fauna, ya que su sección de 1,2 m los hace
transitables por los animales. Además, en los laterales del dique los taludes tendidos
pueden ser fácilmente superados por la fauna.
Las medidas preventivas incluidas por el promotor, desarrolladas en coordinación
con la Subdirección General de Patrimonio Natural y Cambio Climático de la Dirección
General del Medio Natural de la Región de Murcia, están dirigidas a la adecuación de las
obras a la fenología del búho real:

El promotor propone, como medida compensatoria para favorecer el papel de
corredor ecológico de los barrancos, el cambio del actual vallado en el entorno de las
zonas de actuación, ya que el vallado presente tiene nula permeabilidad al paso de la
fauna. La restitución del mismo se realizará dotándolo de permeabilidad, acorde con la
conservación de la fauna y con la Ley 7/1995, de 21 de abril, de la fauna silvestre, caza y
pesca fluvial de la Región de Murcia. Por otro lado, tal y como está descrito en el punto
anterior se mejorará el hábitat para especies presa del búho real y águila perdicera.

cve: BOE-A-2024-1665
Verificable en https://www.boe.es

1) Ubicación de nidos a menos de 500 m de obras: Diques G2, G1, G3, A2, y A3.
No podrán realizarse obras entre el 1 de diciembre y el 15 de mayo.
2) Ubicación de nidos muy próxima a las obras: Dique número A1. Modificación de
la ubicación. No podrán realizarse obras entre el 1 de diciembre y el 15 de mayo.
3) Distancia superior a 500 m: Diques G4, H1 y dique final ZAC. Sin restricciones
temporales. Durante el periodo reproductor de la especie se aprovechará para realizar
los trabajos en los diques G4, H1 y dique final ZAC, cambiando la realización de las
obras a los otros diques a principios de diciembre.
4) Comprobación de no existencia de nidos de aves rapaces forestales o rupícolas.
Previo a la posible retirada de algún pie de pino carrasco (Pinus halepensis), se realizará
una comprobación de no existencia de nidos de aves rapaces forestales.