III. Otras disposiciones. MINISTERIO PARA LA TRANSICIÓN ECOLÓGICA Y EL RETO DEMOGRÁFICO. Impacto ambiental. (BOE-A-2024-1665)
Resolución de 22 de enero de 2024, de la Dirección General de Calidad y Evaluación Ambiental, por la que se formula informe de impacto ambiental del proyecto "Actuaciones de corrección hidrológica y laminación en la rambla de Cobatillas, en Murcia y San Javier, (Murcia)".
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Lunes 29 de enero de 2024

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obras de forma que no se vean afectados elementos del medio que requieran ser
protegidos, como las áreas de nidificación de búho real o ejemplares singulares de flora
mediterránea propia del hábitat 5330. Se definirán los caminos a utilizar en el marco del
proceso constructivo. En este ámbito, primará el uso de caminos locales preexistentes
evitándose la apertura de nuevos viales. Se realizarán restauraciones vegetales como
medida correctora en aquellas zonas que han sido alteradas de algún modo durante la
realización de las obras.
Entre las medidas compensatorias diseñadas para compensar los daños sobre la
vegetación, se propone:
– Creación de un corredor verde y restauración de vegetación de ribera, aguas abajo
de la ZAC, para renaturalizar el hábitat ramblario. Para ello se eliminará la vegetación
alóctona y se llevará a cabo una plantación de ribera con especies como Pistascia
lentiscus, Nerium oleander, Olea europea var. sylvestris, etc.
– En la zona de terreno correspondiente a la llanura de inundación de la ZAC se
realizará una restauración ambiental, en la que se eliminará el cultivo arbóreo existente y
se restaurará mediante autóctona una superficie a 45.391m2. Con esta restauración se
pretenden cumplir los objetivos ambientales del proyecto y compensar los daños
ocasionados por la ocupación de la construcción de los diques.
La restauración se realizará en coordinación con la Dirección General de Medio
Natural de la Región de Murcia y previa autorización por este organismo. Se estudiará
también la posibilidad de realizar una restauración del hábitat 5220* de forma que se
cumpla el doble objetivo de mejorar los espinares de azufaifos (Ziziphus lotus), especie
catalogada como ‘Vulnerable’ dentro del Catálogo de Flora Silvestre Protegida de la
Región de Murcia (Decreto 50/2003, de 30 de mayo), y de ofrecer un buen refugio para
el conejo, especie clave en la alimentación del búho real y del águila perdicera.
También, el promotor indica que la totalidad de los residuos procedentes de la tala de
arbolado serán reutilizados en obra para la formación de empalizadas de troncos y
ramas a pie del talud aguas arriba de la ZAC y para formación de refugios para conejo y
micromamíferos dejando troncos apilados en distintos puntos.
En relación a Montes de Utilidad Pública (MUP) y vías pecuarias, no se ha detectado
afección alguna.
– El Servicio de Espacios Naturales de la Dirección General del Medio Natural de la
Región de Murcia traslada que, analizadas las posibles afecciones del proyecto, no se
prevé que puedan causar efectos significativos sobre el medio natural, siempre que se
cumpla con el condicionado propuesto en el informe, para establecer una adecuada
protección del medio ambiente y de sus valores naturales durante la ejecución de obras.
El promotor asume el condicionado cuyo cumplimiento será observado y vigilado
durante la ejecución de las obras, y será incorporado al proyecto como apéndice del
anejo 11 de Evaluación de impacto ambiental.
– La Oficina Técnica del Mar Menor del MITECO indica que las actuaciones de
reforestación y repoblación de las medidas compensatorias no se centran en todos los
hábitats afectados por la construcción de los diques: 9540, 5330 y 6220*; ya que solo se
contemplan especies arbustivas de los hábitats 9540 y 5330. Sin embargo, no se hace
alusión al hábitat 6220*, ni se especifica la superficie que se va a compensar de cada
uno de ellos.
Según el promotor, la selección de especies incluidas para dichas plantaciones e
hidrosiembras se ha realizado teniendo en cuenta solo las especies presentes en la
zona, y así queda reflejado en el cuadro de precios incluido en el anejo 15 del proyecto
constructivo. De acuerdo con lo indicado en el presupuesto, la ejecución de plantaciones
se realizará en un total de 9,81 ha, más de 98.000 m2, con una densidad de 900 pies por
hectárea. En relación con la inclusión de especies del hábitat 6220*, se considera
suficiente la plantación de Stypa tenacissima en un marco de plantación abierto de forma
que el resto de herbáceas colonicen los intersticios de forma natural.

cve: BOE-A-2024-1665
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Núm. 25