III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE DERECHOS SOCIALES, CONSUMO Y AGENDA 2030. Comunidad Autónoma de Extremadura. Convenio. (BOE-A-2024-1678)
Resolución de 17 de enero de 2024, de la Secretaría de Estado de Derechos Sociales, por la que se publica el Convenio con la Comunidad Autónoma de Extremadura, para la adaptación del Centro Residencial "Cervantes" de Cáceres a la atención a personas con ELA, con cargo a los Fondos Europeos procedentes del Mecanismo para la Recuperación y la Resiliencia.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 25

Lunes 29 de enero de 2024
Duodécima.

Sec. III. Pág. 11043

Modificación.

La modificación del presente convenio requerirá acuerdo expreso de las partes
firmantes, según el artículo 49.g) de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen
Jurídico del Sector Público mediante la correspondiente Adenda de modificación,
siguiendo la misma tramitación que para su suscripción.
Decimotercera.

Protección de datos.

Ambas partes se comprometen a cumplir las exigencias previstas en el Reglamento
(UE) 2016/679 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 27 de abril de 2016, relativo a
la protección de las personas físicas en lo que respecta al tratamiento de datos
personales y a la libre circulación de estos datos, en la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de
diciembre, de Protección de Datos Personales y garantía de los derechos digitales
(LOPD) y, en el Real Decreto 1720/2007, de 21 de diciembre, por el que se aprueba el
Reglamento de desarrollo de la LOPD. La citada obligación subsistirá aun después de
terminado el proyecto. Asimismo, cuando proceda, vendrán obligados al cumplimiento de
lo establecido en la Ley 41/2002, de 14 de noviembre, básica reguladora de la
autonomía del paciente y de derechos y obligaciones en materia de información y
documentación clínica.
Decimocuarta.

Régimen jurídico y jurisdicción competente.

Este convenio tiene naturaleza administrativa y su régimen jurídico está regulado en
los artículos 47 a 53 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector
Público y en el artículo 59 del Real Decreto-ley 36/2020, de 30 de diciembre, por el que
se aprueban medidas urgentes para la modernización de la Administración Pública y
para la ejecución del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia.
La Jurisdicción Contencioso-administrativa será la competente para resolver las
cuestiones litigiosas que pudieran suscitarse entre las partes en el desarrollo del
presente convenio, dada su naturaleza administrativa, de acuerdo con las previsiones de
los artículos 11.1.c) de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción
Contencioso-administrativa.
Y, en prueba de conformidad con todo lo expuesto, las partes intervinientes firman el
presente convenio con fecha 29 de diciembre de 2023.–Por el Ministerio de Derechos
Sociales, Consumo y Agencia 2030, el Ministro, Pablo Bustinduy Amador.–Por la Junta
de Extremadura, la Presidenta, María Guardiola Martín.
ANEXO I

La esclerosis lateral amiotrófica (ELA) es una enfermedad de causa desconocida que
ocasiona un progresivo deterioro del normal funcionamiento del sistema motor que
dirige, regula y mantiene la musculatura esquelética, responsable de la capacidad para
moverse y relacionarse con el entorno. Asimismo, se trata de una enfermedad que
constituye un problema importante de salud, pese a su escasa prevalencia, por su
gravedad y por el importante sufrimiento que supone para las y los enfermos, sus
familias y entorno cercano.
La limitada esperanza de vida, la gran capacidad invalidante de la enfermedad, la
necesidad de cuidados permanentes y cambiantes, la gravedad de las complicaciones,
el cambio en la estructura y dinámica familiar y los problemas emocionales y psicológicos
que genera, son aspectos diferenciadores que requieren respuestas muy ágiles,
coordinadas, y accesibles para las personas que la padecen y su entorno familiar.

cve: BOE-A-2024-1678
Verificable en https://www.boe.es

Adaptación del Centro Residencial «Cervantes» de Cáceres. La atención
a personas con ELA (esclerosis lateral amiotrófica). Antecedentes y propuesta
de actuación