III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE DERECHOS SOCIALES, CONSUMO Y AGENDA 2030. Comunidad Autónoma de Extremadura. Convenio. (BOE-A-2024-1678)
Resolución de 17 de enero de 2024, de la Secretaría de Estado de Derechos Sociales, por la que se publica el Convenio con la Comunidad Autónoma de Extremadura, para la adaptación del Centro Residencial "Cervantes" de Cáceres a la atención a personas con ELA, con cargo a los Fondos Europeos procedentes del Mecanismo para la Recuperación y la Resiliencia.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 25

Lunes 29 de enero de 2024

Sec. III. Pág. 11041

Octava. Publicidad, difusión y propiedad de los resultados.
La Junta de Extremadura se compromete a destacar, en cuantas actividades realice
para la difusión de las acciones previstas en el presente convenio, la financiación
efectuada por la AGE, así como hacerlo constar en cuantos materiales se reproduzcan y
utilicen para la difusión o publicidad de los proyectos financiados, de acuerdo con lo
establecido en el «Manual de imagen Institucional de la Administración General del
Estado», aprobado por Orden de 27 de septiembre de 1999 en desarrollo del Real
Decreto 1465/1999, de 17 de septiembre, y por la Resolución de 28 de febrero de 2020,
de la Secretaría de Estado de Política Territorial y Función Pública, por la que se
actualiza el «Manual de Imagen Institucional» adaptándolo a la nueva estructura de
departamentos ministeriales de la AGE y, la «Guía para la edición y publicación de
páginas web en la Administración General del Estado», aprobada por Resolución de 21
de marzo de 2013, de la Secretaría de Estado para las Administraciones Públicas.
Adicionalmente, se hará mención del origen de esta financiación y se velará por darle
visibilidad, incluido, cuando proceda, mediante el emblema de la Unión y una declaración
de financiación adecuada que indique «Financiado por la Unión EuropeaNextGenerationEU», en particular cuando promuevan las acciones y sus resultados,
facilitando información coherente, efectiva y proporcionada dirigida a múltiples
destinatarios, incluidos los medios de comunicación y el público. Esta publicidad se
realizará de conformidad con lo establecido en el «Manual de Marca del Plan de
Recuperación, Transformación y Resiliencia» confeccionado por la Secretaría de Estado
de Comunicación.
En particular, en las medidas de información y comunicación de las actuaciones que
desarrollan el presente convenio (carteles informativos, placas, publicaciones impresas y
electrónicas, material audiovisual, páginas web, anuncios e inserciones en prensa,
certificados, etc.), que deberán colocarse en un lugar bien visible y de acceso al público,
se deberán incluir los siguientes logos:
a) El emblema de la Unión Europea y, junto a éste, el texto «Financiado por la
Unión Europea-Next Generation EU».
b) El logo del Ministerio de Derechos Sociales, Consumo y Agenda 2030.
Se considera que los resultados del objeto de este convenio, tanto materiales como
inmateriales, pertenecerán a ambas partes. Estos resultados se materializarán en un
Informe del proyecto, que se presentará ante el resto de las CCAA y otros actores
interesados del sector con el objetivo de que pueda servir de experiencia piloto para
posteriores actuaciones similares.
Una vez finalizada la adaptación para la atención a personas con ELA (esclerosis
lateral amiotrófica), la gestión del centro residencial «Cervantes» de Cáceres seguirá
correspondiendo a la Junta de Extremadura, en el marco de sus competencias.
Vigencia.

El presente convenio estará vigente desde el 1 de enero de 2024 hasta el 30 de junio
de 2027, pudiendo ser prorrogado por acuerdo expreso de ambas partes. Sin perjuicio
de que la Junta de Extremadura entregue un primer informe de resultado del convenio en
el primer semestre de 2026.
No obstante, las actuaciones relativas a la adaptación y equipamiento del centro
deberán estar finalizadas antes del 31 de mayo de 2026 a efectos de lo dispuesto en la
cláusula décima.
Conforme a lo indicado en el artículo 48.8 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de
Régimen Jurídico del Sector Público, este convenio resultará eficaz una vez inscrito, en
el plazo de cinco días hábiles desde su formalización, en el Registro Electrónico Estatal
de Órganos e Instrumentos de Cooperación del Sector Público Estatal, al que se refiere
la disposición adicional séptima. Asimismo, será publicado en el plazo de diez días

cve: BOE-A-2024-1678
Verificable en https://www.boe.es

Novena.