I. Disposiciones generales. MINISTERIO DE EDUCACIÓN, FORMACIÓN PROFESIONAL Y DEPORTES. Federaciones deportivas. Elecciones. (BOE-A-2024-1518)
Orden EFD/42/2024, de 25 de enero, por la que se regulan los procesos electorales en las federaciones deportivas españolas.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 24

Sábado 27 de enero de 2024

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I. DISPOSICIONES GENERALES

MINISTERIO DE EDUCACIÓN, FORMACIÓN PROFESIONAL
Y DEPORTES
1518

Orden EFD/42/2024, de 25 de enero, por la que se regulan los procesos
electorales en las federaciones deportivas españolas.

La entrada en vigor de la Ley 39/2022, de 30 de diciembre, del Deporte ha supuesto
el establecimiento de un nuevo marco normativo en el ámbito deportivo que hace
imprescindible la adaptación de la regulación de los procesos electorales de las
federaciones deportivas españolas a las previsiones contenidas en dicha Ley.
La presente Orden mantiene la estructura de la Orden ECD/2764/2015, de 18 de
diciembre, preservando la sistemática de la regulación anterior e introduciendo las
oportunas modificaciones al articulado allí donde se estima necesario.
En este sentido, es preciso impulsar cambios en los procesos de elección de los
órganos de gobierno de las federaciones deportivas españolas con los siguientes
objetivos: En primer lugar, adaptar el periodo de celebración de elecciones coincidiendo
con la celebración de los correspondientes Juegos Olímpicos. Además, es preciso
adaptar la regulación de aquellos que tienen la consideración de electores y elegibles
conforme a lo dispuesto en la Ley 39/2022, de 30 de diciembre, del deporte. Otra de las
modificaciones introducidas tiene como finalidad ajustar la proporcionalidad de la
composición de las asambleas generales a la Ley Orgánica 3/2007, de 22 de marzo,
para la igualdad efectiva de hombres y mujeres, así como a la posibilidad de que exista
más de una competición profesional en una federación deportiva española. También se
pretende mejorar e intensificar la participación de las personas con discapacidad en los
procesos electorales de las federaciones deportivas españolas. En aras de intensificar la
transparencia de los procesos electorales, se siguen reforzando las obligaciones
adicionales en materia de publicidad y difusión de las convocatorias y la información
electoral, utilizando para ello las nuevas tecnologías de la información y comunicación.
Se lleva a cabo una modificación de determinadas cuestiones que afectan a la
convocatoria de elecciones como el anuncio de ésta, así como una actualización de los
medios para anunciarla y la eliminación de las agrupaciones de candidaturas. Por último,
y con carácter general, se modifican algunos artículos de la orden para incrementar la
participación de los federados y las federadas en estos procesos electorales y en los
órganos de gobierno que de ellos resulten.
Por todo ello, de conformidad con lo dispuesto en el Real Decreto 1835/1991, de 20
de diciembre, sobre Federaciones deportivas españolas y Registro de Asociaciones
Deportivas, y con la aprobación previa del Ministro para la Transformación Digital y de la
Función Pública, dispongo:
CAPÍTULO I

Artículo 1.

Ámbito de aplicación.

Las disposiciones contenidas en la presente Orden serán de aplicación a las
federaciones deportivas españolas.

cve: BOE-A-2024-1518
Verificable en https://www.boe.es

Disposiciones generales