III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE AGRICULTURA, PESCA Y ALIMENTACIÓN. Seguros agrarios combinados. (BOE-A-2024-1550)
Orden APA/45/2024, de 23 de enero, por la que se definen los bienes y los rendimientos asegurables, las condiciones técnicas mínimas de cultivo, el ámbito de aplicación, los periodos de garantía, las fechas de suscripción y los precios unitarios del seguro de explotaciones de planta viva, flor cortada, viveros y semillas en la Península y en la Comunidad Autónoma de las Illes Balears, comprendido en el correspondiente Plan de Seguros Agrarios Combinados.
40 páginas totales
Página
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 24

Sábado 27 de enero de 2024

Sec. III. Pág. 10248

ANEXO I
Riesgos y daños cubiertos para cada cultivo
Daños cubiertos por sector
Riesgos cubiertos

Planta viva
ornamental

Viveros
Flor cortada

Viveros de vid
(2)

Resto de
viveros

Semilleros
hortícolas

Producción de
semillas

Helada.

Cantidad y
calidad (1).

Cantidad y
calidad (1).

Cantidad o
calidad (1).

No Cubierto.

Cantidad y
calidad (1).

No cubierto.

Pedrisco.

Cantidad y
calidad.

Cantidad y
calidad.

Cantidad.

Cantidad y
calidad.

Cantidad y
calidad.

Cantidad.

Viento.

Cantidad y
calidad.

Cantidad y
calidad.

Cantidad.

Cantidad y
calidad.

Cantidad y
calidad.

Cantidad.

Fauna Silvestre.
Inundación-Lluvia
torrencial.
Cantidad y
Lluvia
calidad.
Persistente.
Incendio.
Nieve.

Cantidad y
calidad.

Cantidad.

Cantidad y
calidad.

Cantidad y
calidad.

Cantidad.

Cantidad.

Cantidad.

Cantidad.

Cantidad.

Cantidad.

Riesgos
excepcionales.

Resto adversidades climáticas (3).

Cantidad.

(1) Se garantiza el riesgo de helada según se indica a continuación:
– Planta viva ornamental (especificados en el anexo V.1: según ámbito, grupo asegurable, situación de riesgo (aire libre y/o bajo cubierta).
– Flor cortada (especificados en el anexo V.2: según ámbito y situación de riesgo.
– Viveros de vid (especificados en el anexo V.3).
– Semilleros de hortícolas: (especificado en el anexo V.4).
(2) En las cepas madre de patrones e injertos, no están cubiertas las mermas en cantidad por un desarrollo insuficiente de los sarmientos, salvo para el riesgo
de pedrisco que sí estarán cubiertas si se cumplen los dos requisitos siguientes:
– Los siniestros garantizados ocurran con anterioridad al 10 de junio, inclusive.
– Se proceda a la poda de la planta, bajo la previa aceptación por ambas partes de su realización.
(3) Se garantiza en el riesgo de resto de adversidades climáticas la reposición del cultivo.

ANEXO II
Características mínimas de las instalaciones
II.1 Características generales

– Los de madera, deben estar tratados y descortezados, sin hendiduras o rajados y
sin pudriciones.
– Los postes de hormigón, deberán ser pretensado, no admitiéndose aquéllos que
presenten grietas, a fin de evitar la oxidación de la estructura metálica interna de los
mismos.
– Los postes metálicos serán galvanizados.
El diseño, los materiales utilizados y el estado de conservación, deberán garantizar la
adecuada sujeción y estabilidad de la estructura en su conjunto.

cve: BOE-A-2024-1550
Verificable en https://www.boe.es

Los materiales utilizados, tales como postes, alambres, cables, etc., deberán tener el
grosor adecuado y estar en buenas condiciones de uso, además los metálicos deben
permanecer sin herrumbres que afecten a la sección. En todo momento la sección libre
de corrosión debe ser superior al 70 % de la sección total de cada elemento.
Dependiendo del material de los postes que forman parte de la estructura, deben
cumplir: