I. Disposiciones generales. MINISTERIO DE ASUNTOS EXTERIORES, UNIÓN EUROPEA Y COOPERACIÓN. Acuerdos internacionales administrativos. (BOE-A-2024-1516)
Acuerdo internacional administrativo, para el período 2023-2024, entre el Ministerio de Sanidad del Reino de España y la Organización Mundial de la Salud, para llevar a cabo actividades de cooperación en materia de donación y trasplante de órganos, células y tejidos humanos, al amparo del Acuerdo Marco de Cooperación entre el Reino de España y la Organización Mundial de la Salud de 12 de septiembre de 2001, hecho en Madrid y Ginebra el 12 de diciembre de 2023.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 24

Sábado 27 de enero de 2024

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I. DISPOSICIONES GENERALES

MINISTERIO DE ASUNTOS EXTERIORES, UNIÓN EUROPEA
Y COOPERACIÓN
1516

Acuerdo internacional administrativo, para el período 2023-2024, entre el
Ministerio de Sanidad del Reino de España y la Organización Mundial de la
Salud, para llevar a cabo actividades de cooperación en materia de donación
y trasplante de órganos, células y tejidos humanos, al amparo del Acuerdo
Marco de Cooperación entre el Reino de España y la Organización Mundial
de la Salud de 12 de septiembre de 2001, hecho en Madrid y Ginebra el 12
de diciembre de 2023.

ACUERDO INTERNACIONAL ADMINISTRATIVO, PARA EL PERÍODO 2023-2024,
ENTRE EL MINISTERIO DE SANIDAD DEL REINO DE ESPAÑA Y LA ORGANIZACIÓN
MUNDIAL DE LA SALUD, PARA LLEVAR A CABO ACTIVIDADES DE COOPERACIÓN
EN MATERIA DE DONACIÓN Y TRASPLANTE DE ÓRGANOS, CÉLULAS Y TEJIDOS
HUMANOS, AL AMPARO DEL ACUERDO MARCO DE COOPERACIÓN ENTRE EL
REINO DE ESPAÑA Y LA ORGANIZACIÓN MUNDIAL DE LA SALUD, DE 12 DE
SEPTIEMBRE DE 2001
Signatarios:
Mónica García Gómez, Ministra de Sanidad del Reino de España, en virtud del Real
Decreto 835/2023, de 20 de noviembre y en virtud de las facultades concedidas por el
artículo 38.2 de la ley 25/2014, de 27 de noviembre, de Tratados y otros Acuerdos
Internacionales.
Yukiko Nakatani, Subdirectora General de Acceso a Medicamentos, y Productos
Sanitarios de la Organización Mundial de la Salud (en adelante, la OMS), en
representación de dicha Organización.
Los signatarios suscriben el presente documento en el marco jurídico del Acuerdo
Marco de Cooperación entre el Reino de España y la OMS, de 12 de septiembre de 2001
(«Boletín Oficial del Estado» núm. 181, de 30 de julio de 2002), y actuarán,
respectivamente, a través de la Organización Nacional de Trasplantes (en adelante, la
ONT) de España y el Departamento de Políticas y Normas sobre Productos Sanitarios de
la OMS.
Preámbulo:

– La adopción de las resoluciones WHA57.18 y WHA63.22 de la Asamblea Mundial
de la Salud sobre el trasplante de órganos y tejidos humanos;
– La labor paralela desarrollada en los últimos años por la OMS y la ONT, como
centro colaborador, para la creación, mantenimiento y análisis de datos sobre
trasplantes, a través del Observatorio Global de Donación y Trasplante (GODT, por sus
siglas en inglés), establecido en virtud de una Declaración de Intenciones conjunta
firmada el 22 de diciembre de 2005 entre el Ministerio de Sanidad del Reino de España y
la OMS.
Los signatarios convienen en suscribir el presente Acuerdo Internacional
Administrativo, que será ejecutado por los organismos técnicos competentes respectivos,
a saber, la ONT del Ministerio de Sanidad del Reino de España y la Unidad de

cve: BOE-A-2024-1516
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Considerando lo siguiente: