III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE CULTURA. Comunidad de Madrid. Convenio. (BOE-A-2024-1509)
Resolución de 17 de enero de 2024, de la Dirección General de Patrimonio Cultural y Bellas Artes, por la que se publica el Convenio con la Universidad Autónoma de Madrid, para la realización prácticas externas, trabajo fin de grado y trabajo fin de máster en los museos de titularidad estatal adscritos a la Dirección General de Patrimonio Cultural y Bellas Artes.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 23

Viernes 26 de enero de 2024
Quinta.

Sec. III. Pág. 9997

Condición del Ministerio de Cultura de entidad colaboradora de la UAM.

Durante el tiempo de vigencia de este convenio, el Ministerio de Cultura gozará del
título de entidad colaboradora en prácticas externas de la UAM, recibiendo las siguientes
contraprestaciones:
1. Reconocimiento de la función de tutela profesional al personal asignado a las
tutorías, lo que se podrá certificar por parte de la Secretaría Académica del Centro de la
UAM correspondiente.
2. Quienes ejerzan la tutela profesional tendrán derecho a recibir información
acerca de la normativa que regula las prácticas externas.
3. Durante el curso académico en que desarrollen su labor de tutorización, las
personas que ejerzan la tutela profesional tendrán acceso a todos los servicios de la
UAM, en iguales condiciones que el resto de participantes de AlumniUAM (acceso al
servicio de biblioteca, acceso al servicio de deportes, acceso al abono del ciclo de
conciertos, utilización de la fonoteca, acceso a actividades culturales, entre otras). En
todo caso podrán formar parte de AlumniUAM+, conforme a las condiciones que se
establecen en el Programa AlumniUAM (https://alumni.uam.es/sumate/haztealumniuam). Asimismo, el Centro de la UAM correspondiente podrá organizar,
individualmente o en colaboración con otras entidades, actividades de formación
dirigidas a los tutores profesionales.
4. A partir del segundo año de colaboración en la tutela profesional, una vez
finalizadas las prácticas externas, y considerando su labor, a propuesta del mencionado
Centro y mediante acuerdo del Consejo de Gobierno de la UAM, se podrá recibir el
nombramiento de Profesorado Honorario de la UAM.

Las partes se comprometen a cumplir, en los términos que sean de aplicación, lo
establecido en la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos
Personales y garantía de los derechos digitales, así como en el Reglamento (UE)
2016/679 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 27 de abril de 2016, relativo a la
protección de las personas físicas en lo que respecta al tratamiento de datos personales
y a la libre circulación de estos datos, y demás normativa de desarrollo.
En especial, las partes intervinientes informan a las personas firmantes que los datos
personales que faciliten en virtud del mismo, o que pudieran proporcionar con
posterioridad, serán tratados con la finalidad de gestionar las relaciones descritas en el
convenio. Este tratamiento se basa en el interés legítimo de las partes y resulta
imprescindible para formalizar y cumplir el convenio, manteniéndose durante el plazo
legalmente exigible para atender las posibles responsabilidades derivadas del mismo.
En el supuesto de que para el cumplimiento, seguimiento y ejecución de las
actividades previstas en el presente convenio se requiera el acceso y tratamiento de
datos personales de terceras personas, la UAM y la entidad colaboradora tendrán la
consideración de corresponsables del tratamiento en la medida en que determinan
conjuntamente los medios y los fines de los tratamientos de los datos pertinentes para el
desarrollo del programa de prácticas externas, comprometiéndose a cumplir la limitación
de la finalidad, minimización y confidencialidad de los datos personales, así como de la
obligación de informar del tratamiento de sus datos personales.
Los titulares de los datos podrán ejercitar sus derechos de acceso, rectificación,
supresión, oposición, limitación y portabilidad ante cualquiera de los responsables del
tratamiento de los datos personales mediante escrito dirigido a la dirección que constan
en el encabezamiento del presente convenio, en los términos previstos en la legislación
de protección de datos, aportando fotocopia de su DNI o documento equivalente, o en
las direcciones de correo electrónico delegada.protecciondatos@uam.es y
dpd@cultura.gob.es. Igualmente tienen derecho a presentar una reclamación ante la

cve: BOE-A-2024-1509
Verificable en https://www.boe.es

Sexta. Protección de datos y transparencia.