III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE TRABAJO Y ECONOMÍA SOCIAL. Convenios colectivos de trabajo. (BOE-A-2024-1505)
Resolución de 16 de enero de 2024, de la Dirección General de Trabajo, por la que se registra y publica el II Convenio colectivo de la Compañía Operadora de Corto y Medio Radio Iberia Express, SAU, para tripulantes de cabina de pasajeros.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 23

Viernes 26 de enero de 2024
4.8

Sec. III. Pág. 9871

Escalafón administrativo.

En el escalafón administrativo se incluirán todos los Tripulantes contemplados en el
ámbito personal de este convenio y se ordenarán según los siguientes criterios:
1.º Número de días de alta con contrato de Tripulante, siendo ordenado el de mayor
número en primer lugar.
2.º Fecha del primer contrato en la compañía como Tripulante.
3.º Fecha de nacimiento, siendo ordenado el de mayor edad en primer lugar.
4.9

Escalafón técnico.

En el escalafón técnico se incluirán los Tripulantes con categoría de Sobrecargos
que ejercen las funciones del puesto.
Vendrá ordenado por los siguientes criterios:
1.º Fecha del documento de alta como sobrecargo.
2.º Mejor puesto en el escalafón administrativo de TCP.
3.º El de mayor edad.
Se descontarán los períodos de tiempo permanecidos en excedencia voluntaria.
4.10

Publicación.

Iberia Express publicará el escalafón administrativo y técnico cada seis (6) meses,
cerrado al 31 de diciembre y el 30 de junio de cada año.
Una vez hecho público cada uno de los escalafones, el personal interesado podrá
cursar las reclamaciones e impugnaciones que considere le asistan en sus derechos, en
escrito razonado ante la Dirección de Operaciones, que dispondrá de un plazo de treinta
(30) días naturales para su contestación. Transcurrido dicho plazo se publicará el
escalafón definitivo.
Con ocasión del presente convenio, la dirección de la empresa publicará los
escalafones cerrados a fecha de firma de convenio.
Iberia Express publicará la Relación Ordenada de Fijos Discontinuos, que fija su
orden de llamamiento, tanto de forma física, en la Sala de Firmas, como a través de la
intranet de la Compañía.
Asimismo, se publicará, también de forma física y en la intranet, la lista de
trabajadores que hayan tenido un contrato temporal con la empresa de, al menos, 6
meses de duración siempre y cuando a la finalización de éste hayan tenido una
evaluación positiva, estén o no prestando servicios en el momento de la publicación.
Dichas listas se publicarán cada seis meses, cerradas a 30 de junio y a 31 de
diciembre, de cada año, manteniéndose publicadas hasta la siguiente revisión.
5.

Situaciones en plantilla












En periodo de prueba.
Reducción de jornada por motivos familiares.
Reducción de jornada por lactancia.
Reducción de jornada por violencia de género.
Reducción de jornada especial.
En comisión de servicio.
Con licencia retribuida.
Con licencia no retribuida.
Excedencia voluntaria.
Excedencia forzosa.

cve: BOE-A-2024-1505
Verificable en https://www.boe.es

Los Tripulantes en plantilla podrán encontrarse en alguna de las situaciones
siguientes: