III. Otras disposiciones. MINISTERIO DEL INTERIOR. Comunidad de Madrid. Convenio. (BOE-A-2024-1435)
Resolución de 19 de enero de 2024, de la Secretaría General Técnica, por la que se publica el Convenio entre el Centro Universitario de Formación de la Policía Nacional, O.A., y la Universidad de Alcalá de Henares, para la adscripción del centro universitario a la universidad.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 22

Jueves 25 de enero de 2024

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obtener conocimientos o desarrollos técnicos que sean de utilidad para el servicio que la
Policía Nacional presta a la sociedad.
Duodécima.

Instalaciones y equipamiento.

El Centro Universitario impartirá las enseñanzas correspondientes al título de Máster
Universitario en Policía Científica en el ámbito de las Ciencias Forenses en las
instalaciones de la División de Formación y Perfeccionamiento, sita en la localidad de
Madrid, y en las instalaciones de la UAH.
Cualquier otra enseñanza cuya formación interese a la Policía Nacional podrá ser
impartida por el Centro Universitario en cualquiera de las instalaciones pertenecientes a
la División de Formación y Perfeccionamiento de la Dirección General de la Policía.
En concreto, las instalaciones de la División de Formación y Perfeccionamiento
cuentan, de forma resumida, con las siguientes instalaciones:
a) Quince aulas sencillas, con capacidad para cuarenta y cinco estudiantes cada
una, y una aula doble, con capacidad para cien personas. Todas las aulas están dotadas
de pizarra electrónica de alta luminosidad con doble función vídeo-PC.
b) Dos aulas de informática, dotadas de veinticinco ordenadores cada una, con
conexión de red y acceso a internet y a la intranet corporativa y conexión wifi en toda la
zona docente.
c) Dos aulas de informática dotadas de material para investigación.
d) Una biblioteca.
e) Una sala de estudio.
f) Un área de congresos, integrada por un auditorio (330 plazas) y una sala de
congresos (400 plazas).
g) Diversos laboratorios de Policía Científica.
h) Espacios deportivos y espacios de simulación de prácticas adecuados al modelo
de enseñanza que se imparte en el Centro Universitario, entre los que se encuentran: Un
polideportivo cubierto, con canchas de baloncesto, balonmano, tatamis para la práctica
de la Defensa Personal y sala de musculación.
Asimismo, para la impartición de la formación indicada en los párrafos anteriores,
podrá ponerse a disposición del alumnado la plataforma o campus virtual de la UAH, así
como las instalaciones de la misma.
Decimotercera.

Garantía de calidad.

Será de aplicación al Centro Universitario y a las enseñanzas universitarias incluidas
en la cláusula undécima del presente convenio el sistema de garantía de calidad de la
UAH pertinente, con las adaptaciones oportunas que, en su caso, deban llevarse a cabo.
Supervisión e inspección.

La docencia de las enseñanzas impartidas por el Centro Universitario en virtud del
presente convenio podrá ser supervisada por la UAH por medio de las personas titulares
de la dirección de cada Departamento, quienes podrán recabar, a través del Delegado o
Delegada de la Universidad, la información que estimen necesaria sobre la programación
y desarrollo de las correspondientes disciplinas.
El Centro Universitario suministrará a la UAH cuanta información sea solicitada a los
efectos de verificar el cumplimiento de la normativa vigente en cuantos asuntos de índole
académico se estimen necesarios.
Decimoquinta.

Comisión Mixta de Seguimiento.

En el plazo de un mes desde que adquiera eficacia el convenio se constituirá una
Comisión Mixta de Seguimiento (en adelante, la Comisión) constituida por dos

cve: BOE-A-2024-1435
Verificable en https://www.boe.es

Decimocuarta.