III. Otras disposiciones. MINISTERIO DEL INTERIOR. Convenios. (BOE-A-2024-1437)
Resolución de 18 de enero de 2024, de la Secretaría General Técnica, por la que se publica el Convenio entre el Organismo Autónomo Jefatura Central de Tráfico y el Consejo General de Economistas de España, en relación con la realización de trámites administrativos y gestión documental por vía electrónica.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 22

Jueves 25 de enero de 2024

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y el ejercicio de sus derechos ante las mismas, mediante la utilización de mecanismos de
comunicación ágiles, sencillos y eficaces. Todo ello en base al artículo 5.7 de la
Ley 39/2015 que permite conceder habilitaciones con carácter general o específico para
actuar en las transacciones electrónicas en el ámbito de la Jefatura Central de Tráfico, en
representación de los interesados, a las personas físicas o jurídicas que cumplan con las
condiciones y obligaciones especificadas en este convenio para la realización de
determinadas transacciones electrónicas en representación de los interesados.
En consecuencia, entendiéndose útil para las instituciones firmantes el establecimiento
de un sistema estable de cooperación electrónica e intercambio de información, ambas
partes acuerdan suscribir el presente convenio que se regirá por las siguientes
CLÁUSULAS
Primera.

Objeto del convenio.

El objeto del presente convenio es habilitar a los miembros de los Colegios de
Economistas de España, que figuren inscritos en el Registro de representantes del
Consejo General de Economistas de España, previsto en la cláusula novena, para que a
través de dicho Consejo General de Economistas de España realicen la presentación
electrónica de documentos en representación de terceras personas, con el fin de
favorecer el cumplimiento de obligaciones y el ejercicio de derechos de carácter
administrativo por parte de los ciudadanos ante las Jefaturas Provinciales de Tráfico, de
acuerdo con el resto del clausulado del presente convenio y con las previsiones
normativas en vigor.
Segunda.

Ámbito material del convenio.

El presente convenio afecta a los trámites electrónicos que se realizan en la Jefatura
Central de Tráfico, a través de las Jefaturas Provinciales, siempre que los mismos se
encuentren disponibles para la presentación de documentos por parte de los ciudadanos
en la sede electrónica del Ministerio del Interior.
Tercera.

Entidades habilitadas y Registro de representantes.

Cuarta.

Obligaciones del Consejo General de Economistas de España.

Podrán optar a la habilitación general los miembros de los Colegios de Economistas
que cumplan los siguientes requisitos:
i. Que estén relacionados con el ámbito de actuación de la Jefatura Central de
Tráfico.
ii. Que entablen actuaciones administrativas con la Jefatura Central de Tráfico de
forma asidua en representación de terceros.

cve: BOE-A-2024-1437
Verificable en https://www.boe.es

El Consejo General de Economistas de España deberá poner a disposición de la
Jefatura Central de Tráfico el Registro de colegiados que hayan sido habilitados para
actuar en nombre de los interesados en este procedimiento. Este acceso deberá ser
inmediato y en tiempo real y deberá poder consultarse en el punto común de validación de
la habilitación e identidad de los profesionales asociados a colectivos de representación de
personas físicas o jurídicas de la Administración General del Estado o en otro punto
común de validación que se estime conveniente. Únicamente los colegiados debidamente
habilitados quedarán validados ante la aplicación electrónica de la Jefatura Central de
Tráfico para realizar las transacciones electrónicas habilitadas. El alta y la baja de un
colegiado o asociado que suponga la solicitud de habilitación o de desvinculación al
convenio serán puestas a disposición de la Jefatura Central de Tráfico por vía telemática,
que sólo podrá utilizar estos datos para el cumplimiento de los fines del convenio.