I. Disposiciones generales. COMUNIDAD AUTÓNOMA DE CANTABRIA. Medidas fiscales y administrativas. (BOE-A-2024-1373)
Ley 3/2023, de 26 de diciembre, de Medidas Fiscales y Administrativas.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Jueves 25 de enero de 2024

Sec. I. Pág. 9335

las exenciones de las tasas por participación en pruebas selectivas de personal
estatutario a las previstas para las pruebas selectivas de personal funcionario. Asimismo,
se suprime la tasa por dictamen previo de los ensayos clínicos con medicamentos,
emitido por el Comité Ético de Investigación Clínica de Cantabria, al pasar a instaurarse
la tasa única de la Agencia Española de Medicamentos y Productos Sanitarios en los
términos de la disposición final sexta de la Ley 38/2022, de 27 de diciembre, que
modifica el texto refundido de la Ley de garantías y uso racional de los medicamentos y
productos sanitarios, aprobado por el Real Decreto Legislativo 1/2015, de 24 de julio.
También se modifican algunas tasas de la Consejería competente en materia de
empleo para adaptarlas a las modificaciones reguladas en el Real Decreto 659/2023,
de 18 de julio, por el que se desarrolla la ordenación del Sistema de Formación
Profesional, derogando el Real Decreto 34/2008, de 18 de enero, a excepción del
anexo IV.
El incremento de los precios de los recursos naturales, suministros y componentes
utilizados en todo tipo de sectores, que deriva en un incremento de precios en las
materias primas ha generado un aumento notable de los costes de producción que se ha
traslado en última instancia a la inflación general de la economía. Esta presión
inflacionista ejerce un efecto negativo sobre la recuperación económica.
Los sectores más afectados por la subida de los precios de la energía son aquellos
que hacen uso más intensivo de la misma y tienen una posición en el mercado que les
imposibilita trasladar esta subida vía precios.
Por ello, se aprobó la Ley de Cantabria 2/2022, de 26 de mayo, de modificación de la
Ley 9/1992, de 18 de diciembre, de Tasas y Precios Públicos de la Diputación Regional
de Cantabria, bonificando la cuota de las tasas, respecto a determinadas tarifas que
afectan a las actividades empresariales más castigadas por la subida de los precios
energéticos, medida que fue prorrogada en el año 2023, y que, dada la coyuntura actual,
se estima procedente prorrogar de nuevo dado que se prevé que la situación inflacionista
y los elevados precios de la energía se mantengan durante un tiempo, por lo que no se
modifican las tarifas de las tasas respecto a las establecidas para 2023, las cuales se
recogen en el anexo de esta ley y, además, en disposición adicional tercera de esta ley,
se prorroga durante todo el ejercicio 2024, la bonificación sobre determinadas tasas
establecida por la Ley 2/2022, de 26 de mayo.
En el capítulo II, Tributos Cedidos, se incluyen diversas medidas relativas a los
cuatro impuestos estatales cedidos por el Estado a la Comunidad de Cantabria. Las
rebajas que se introducen, especialmente las referidas al Impuesto sobre la Renta de las
Personas Físicas, afectan a todos los contribuyentes cántabros. Dichas medidas se
dirigen a incrementar la renta disponible de las familias, a fomentar la natalidad, a
promover la conciliación de la vida personal y familiar, y a facilitar el acceso a la vivienda.
Así, en el Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas se rebaja la escala
autonómica aplicable sobre la base liquidable general para todos los contribuyentes. Se
reducen los tramos de siete a seis y, especialmente destacable, es la reducción del tipo
mínimo del actual 9,5 por ciento al 8,5 por ciento, y la reducción del tipo del segundo
tramo del 12 al 11 por ciento. Asimismo, se crean varias deducciones en el impuesto: la
deducción por nacimiento o adopción, que se extenderá el año del nacimiento o la
adopción y los dos años siguientes, con una cuantía de 1.400 euros; la nueva deducción
por gastos de educación, que incluye tanto los gastos de libros de texto durante la
enseñanza obligatoria como los gastos de la enseñanza de idiomas y, por último, la
deducción de ayuda doméstica, que permite deducirse las cantidades satisfechas a la
Seguridad Social por la cotización anual de un empleado o empleada del hogar a las
familias con hijos y a las personas mayores de 75 años. Por otro lado, se eliminan los
límites de renta en las deducciones por gastos de guardería, por alquiler de vivienda y en
municipios en riesgo de despoblamiento.
En el Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales y Actos Jurídicos Documentados
se acomete una reducción de los tipos vigentes. Se verán beneficiados de esta
reducción de tipos especialmente los ciudadanos de Cantabria que adquieren una

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Núm. 22